La reciente sentencia n. 39124 del 20 de febrero de 2024 del Tribunal de Casación ha planteado importantes cuestiones en relación con la definición y aplicación del delito de producción de material pedopornográfico. En particular, el Tribunal ha aclarado qué se entiende por "utilización" de menores en la creación de contenidos pornográficos, arrojando luz sobre prácticas de captación e inducción que explotan el engaño.
En el caso específico, el acusado S. P.M. fue acusado de haber inducido a menores a realizar y transferir vídeos pedopornográficos, utilizando un perfil falso en una plataforma social. Este ardid, que implicó la suplantación de identidad, impidió a las víctimas prestar un consentimiento libre e informado, elemento central en la evaluación de la responsabilidad penal.
Delito de producción de material pedopornográfico - "Utilización" - Noción - Inducción del menor a la realización de material pedopornográfico con suplantación de identidad - Inclusión - Razones - Supuesto de hecho. En materia de pornografía infantil, entra dentro de la noción de "utilización" de menores con fines de producción de material pornográfico, prevista en el art. 600-ter, párrafo primero, n. 1, del Código Penal, la inducción de sujetos menores de dieciocho años a la realización y transferencia de vídeos pedopornográficos llevada a cabo mediante el engaño de la suplantación de identidad y, por tanto, en ausencia de un consentimiento válido y libre de las víctimas. (Supuesto de hecho relativo a la captación de menores, mediante el uso de una cuenta falsa en Facebook, con nombre de mujer).
El Tribunal ha establecido que la inducción de menores a la producción de material pedopornográfico a través de medios engañosos entra dentro del concepto de "utilización". Esta aclaración es fundamental, ya que ofrece una mayor protección a las víctimas, subrayando cómo la ausencia de consentimiento nunca puede considerarse válida en tales contextos.
Las consecuencias de esta sentencia son múltiples:
En conclusión, la sentencia n. 39124 de 2024 representa una importante contribución a la jurisprudencia italiana en materia de delitos contra la persona y, en particular, contra la libertad individual de los menores. A través del análisis de casos complejos de inducción y explotación, el Tribunal ha demostrado una firme voluntad de proteger a los más vulnerables y de castigar severamente a quienes se hacen culpables de tales delitos.
A la luz de lo expuesto, es evidente cómo la jurisprudencia italiana está evolucionando para garantizar un entorno más seguro para los menores, abordando con seriedad los desafíos planteados por la tecnología y los fenómenos de captación en línea. Las instituciones, los operadores jurídicos y la sociedad civil deben colaborar para prevenir y combatir tales delitos, a fin de que situaciones similares no se repitan.