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Cass. civ., Sez. III, Ord., n. 36504 de 2023: Carga de la prueba en la indemnización por daños por emotransfusión. | Bufete de Abogados Bianucci

Cas. civ., Sez. III, Ord., n. 36504 del 2023: Carga de la prueba en la indemnización por daños por hemotransfusión

La ordenanza de la Corte de Casación n.º 36504 de 2023 ofrece una reflexión significativa sobre la carga de la prueba en materia de indemnización por daños por hemotransfusión. La Corte, en respuesta a un recurso presentado por los familiares de un paciente fallecido a causa de complicaciones derivadas de hemotransfusiones infectadas, ha destacado la importancia de la documentación sanitaria y del nexo causal entre las transfusiones y la patología diagnosticada. Este artículo analiza las implicaciones de dicha decisión, proporcionando un marco más claro sobre el tema.

El caso sometido a la Corte de Casación

El caso se refiere a D.D., afectado de talasemia mayor, quien, a causa de hemotransfusiones infectadas, desarrolló una grave hepatopatía que le causó la muerte. Los familiares intentaron obtener una indemnización del Ministerio de Salud, pero sus solicitudes fueron rechazadas por los tribunales inferiores por falta de prueba del nexo causal. La Corte de Apelación de Catania confirmó dicha decisión, negando el valor probatorio de documentos cruciales.

La Corte reiteró que el juez debe siempre motivar adecuadamente la decisión adoptada sobre una cuestión técnica relevante para la definición de la causa.

Principios jurídicos en juego

La Corte recordó principios fundamentales en materia de prueba, en particular el principio de correspondencia entre lo pedido y lo pronunciado y el de la disponibilidad de la prueba. Los recurrentes sostenían que el Ministerio nunca había impugnado la existencia del nexo causal entre las transfusiones y la patología, un punto que, según la jurisprudencia, no necesitaría prueba adicional.

  • Principio de correspondencia entre lo pedido y lo pronunciado.
  • Principio de la disponibilidad de la prueba.
  • Principio de proximidad de la prueba.

Conclusiones y perspectivas futuras

La sentencia de la Corte de Casación representa un importante paso adelante en la tutela de los derechos de los ciudadanos en situaciones de este tipo. Al acoger el recurso y remitir el caso a la Corte de Apelación de Catania, la Casación subrayó la obligación del juez de considerar adecuadamente la documentación producida y de justificar la no admisión de peritajes técnicos. Esto podría abrir el camino a una mayor tutela de los derechos de las víctimas de daños derivados de hemotransfusiones infectadas y, en general, a una reflexión más amplia sobre la carga de la prueba en materia civil.

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