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La Sentencia n. 17962 de 2024: Prededucción y Concordato Preventivo. | Bufete de Abogados Bianucci

La Sentencia n.º 17962 de 2024: Precedencia y Concurso Preventivo

La reciente providencia n.º 17962 del 01/07/2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes aclaraciones respecto al reconocimiento de la precedencia de los créditos profesionales en el contexto del concurso preventivo y de la posterior quiebra. Esta decisión subraya cómo la falta de admisión al procedimiento de concurso puede influir en la posibilidad de reconocer los créditos como preferentes.

El Contexto de la Sentencia

El caso en cuestión se refiere al profesional M. F., quien había prestado servicios al deudor con vistas al acceso al procedimiento de concurso preventivo. Sin embargo, a raíz de la renuncia a la solicitud de concurso, el deudor fue declarado en quiebra. La cuestión central de la controversia es si el crédito del profesional podía considerarse preferente en el contexto de la quiebra posterior.

Concurso preventivo - Crédito profesional - Falta de admisión al concurso - Reconocimiento de la precedencia en la quiebra posterior - Exclusión - Razones - Supuesto de hecho. En materia de concurso preventivo, el crédito del profesional encargado por el deudor para el acceso al procedimiento no puede considerarse preferente en la quiebra posterior y consecutiva, si no ha habido admisión al procedimiento menor, dado que tal circunstancia elimina ese nexo de funcionalidad concreta entre las prestaciones profesionales realizadas y los objetivos del procedimiento alternativo a la quiebra que constituye el presupuesto para el reconocimiento de la precedencia. (Supuesto de hecho en materia de renuncia a la solicitud de concurso seguida de la declaración de quiebra).

Análisis de la Máxima

La máxima de la sentencia evidencia que, para que un crédito pueda ser considerado preferente, es necesario que exista una conexión funcional entre las prestaciones profesionales y el objetivo de evitar la quiebra. En el caso específico, la Corte consideró que la falta de admisión al procedimiento de concurso había interrumpido este nexo, excluyendo así la precedencia del crédito.

Implicaciones Prácticas

Esta decisión tiene diversas implicaciones prácticas, entre ellas:

  • Necesidad para los profesionales de garantizar que su actuación esté formalmente ligada a un procedimiento de concurso válido.
  • Reflejo en los acuerdos contractuales con los deudores, que deberían aclarar las condiciones de pago y los posibles procedimientos de insolvencia.
  • Importancia del asesoramiento legal antes de emprender acciones que puedan conducir a procedimientos concursales.

Conclusiones

La sentencia n.º 17962 de 2024 representa una importante guía para los profesionales que operan en el sector del derecho concursal. Aclara que la admisión al concurso preventivo es un paso fundamental para el reconocimiento de la precedencia de los créditos profesionales. En un contexto económico en continua evolución, es esencial que los profesionales estén informados y preparados para afrontar tales situaciones, tanto para tutelar sus propios derechos como para garantizar una correcta asistencia a los deudores.

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