La sentencia n.º 21915 del 02 de agosto de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece interesantes reflexiones sobre el cobro de los impuestos sobre vehículos y los plazos de prescripción que le conciernen. Este pronunciamiento jurídico se enmarca en un contexto normativo complejo, pero fundamental para comprender los derechos y deberes de los contribuyentes en materia tributaria.
La cuestión central abordada por la Corte se refiere a la inscripción en el registro y la posterior notificación de la providencia de cobro forzoso de los impuestos sobre vehículos. A este respecto, la Corte reitera que dichos procedimientos están sujetos a los plazos previstos en el artículo 5 del decreto ley n.º 953 de 1983, convertido en la ley n.º 53 de 1983.
La sentencia especifica que la prescripción trienal del crédito fiscal comienza a computarse a partir del vencimiento de los sesenta días para la formación de la firmeza del acto subyacente. Esto está en consonancia con el principio general del artículo 2935 del Código Civil, según el cual el cómputo de la prescripción comienza cuando el derecho puede ser ejercido.
En general. En materia de impuestos sobre vehículos, la inscripción en el registro y la posterior notificación de la providencia de cobro forzoso están sujetas al plazo previsto en el art. 5 del d.l. n.º 953 de 1983, conv. con modif. por la l. n.º 53 de 1983, y la prescripción trienal del crédito fiscal comienza a computarse a partir del vencimiento de los sesenta días para la formación de la firmeza del acto subyacente, en observancia del principio general según el cual el cómputo de la prescripción comienza cuando el derecho puede ser ejercido, de conformidad con el art. 2935 c.c.
Esta máxima es crucial para los contribuyentes, ya que aclara el momento preciso en que comienza a computarse el plazo de prescripción para el crédito fiscal. Este aspecto es fundamental para la planificación y gestión de sus obligaciones tributarias.
En conclusión, la sentencia n.º 21915 de 2024 representa un importante hito en el panorama jurídico italiano relativo a los impuestos sobre vehículos y su cobro. Aclara no solo los derechos de los contribuyentes, sino también los deberes de la administración fiscal, estableciendo un principio de certeza y previsibilidad en las relaciones tributarias.