En el complejo laberinto del derecho procesal penal italiano, la correcta ejecución de las notificaciones representa un pilar fundamental para la garantía del debido proceso y la tutela de los derechos del imputado. Un error en esta fase puede tener consecuencias gravísimas, potencialmente invalidando enteros procedimientos. Pero, ¿qué sucede cuando una notificación, a pesar de no respetar las formalidades al pie de la letra, alcanza igualmente su propósito, informando efectivamente a la parte interesada? Sobre esta delicada cuestión se ha pronunciado la Corte de Casación con la Sentencia n. 19086 del 10/04/2025 (depositada el 22/05/2025), ofreciendo una valiosa aclaración que equilibra el rigor formal con la sustancia de la comunicación.
La resolución de la Tercera Sección Penal de la Casación, con Presidente L. R. y Ponente V. P., nace de un recurso contra una ordenanza del Tribunal de Libertad de Roma, que había anulado con reenvío una decisión anterior. El caso específico se refería a la imputada T. P. y a la cuestión de la notificación del decreto de citación. La Corte tuvo la oportunidad de abordar una situación peculiar: la notificación de un aviso de fijación de la audiencia en cámara ante el Tribunal de Revisión se había realizado al defensor, como prevé el art. 161, párrafo 4, del Código de Procedimiento Penal, pero solo después de que la imputada ya hubiera sido informada directamente por los agentes, tanto telefónicamente como por correo electrónico enviado a través de PEC institucional. Se planteaba, por lo tanto, el dilema de si tal modalidad de comunicación, aunque atípica, podía sanar posibles vicios formales de la notificación.
El Código de Procedimiento Penal prevé diversas categorías de nulidades: relativas, intermedias y absolutas, cada una con su propio régimen de deducibilidad y saneamiento. Las nulidades intermedias, reguladas por los arts. 180 y 182 y siguientes del c.p.p., se distinguen por ser subsanables si no son excepcionadas tempestivamente por la parte interesada o si el acto ha alcanzado de todos modos su propósito. Es precisamente sobre este concepto de "