La Sentencia n.º 33700, de 6 de julio de 2023, dictada por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre el principio del 'favor innocentiae' previsto en el artículo 531, apartado 2, del Código de Procedimiento Penal. En particular, la Corte se pronunció sobre el caso de un imputado, G. P.M. Seccia Domenico, en relación con la cuestión de la extinción del delito y la determinación de la época de su comisión.
La controversia procesal examinada llevó a la Corte a establecer que el 'favor innocentiae' no puede invocarse en caso de omisión en la determinación del 'tempus commissi delicti'. Este principio jurídico implica que, si existe incertidumbre sobre la existencia de una causa de extinción del delito, el juez debe declarar que no procede continuar el procedimiento. Sin embargo, en el caso específico, la ausencia de una determinación clara sobre la época en que se cometió el delito excluyó la aplicabilidad de dicho favor.
Resolución ex art. 531, apartado 2, del Código de Procedimiento Penal. Ámbito de aplicabilidad - Identificación - Falta de determinación de la época de comisión del delito - Exclusión. En materia de declaración de extinción del delito, el 'favor innocentiae' a que se refiere el artículo 531, apartado 2, del Código de Procedimiento Penal, según el cual el juez declara que no procede continuar el procedimiento cuando exista incertidumbre sobre la existencia de una causa de extinción del delito, no encuentra aplicación en el caso de omisión en la determinación del 'tempus commissi delicti'.
Este precedente jurisprudencial pone de relieve la importancia de una reconstrucción temporal precisa en el ámbito del proceso penal. Los operadores jurídicos deben ser conscientes de que, para invocar correctamente el 'favor innocentiae', es fundamental contar con elementos ciertos respecto a la época en que se cometió el delito. En ausencia de tales elementos, el riesgo es el de comprometer el correcto desarrollo del proceso y lesionar los derechos de las partes implicadas.
En conclusión, la Sentencia n.º 33700 de 2023 representa un importante recordatorio para todos los operadores jurídicos de prestar atención al momento de comisión del delito. La determinación del 'tempus commissi delicti' no es solo una cuestión técnica, sino una necesidad para garantizar el respeto de los derechos de los imputados y para asegurar un proceso justo. La sentencia, por lo tanto, invita a reflexionar sobre la importancia de una reconstrucción precisa de los hechos, para que la justicia pueda ser realmente administrada.