La reciente sentencia n.º 3721 de 2025 ofrece una importante reflexión sobre el tema de la renovación de la instrucción y la pluralidad de peritajes en el ámbito penal. Esta decisión de la Corte de Casación, presidida por la doctora P. Piccialli y ponente A. Mari, subraya la importancia de una motivación adecuada cuando se decide hacer referencia a un solo peritaje entre los muchos disponibles. Este aspecto resulta crucial para garantizar un juicio justo y el respeto de los derechos de las partes implicadas.
La cuestión central de la sentencia se refiere a la evaluación de los peritajes ordenados en sede de integración de la instrucción. En el caso en cuestión, la Corte de Apelación de Roma se había limitado a considerar exclusivamente uno de los peritajes, sin proporcionar una motivación adecuada sobre la elección realizada. Esto llevó a la decisión de la Corte de Casación de anular la sentencia a los solos efectos civiles, destacando que es necesario exponer las razones de la elección y comparar las diversas tesis periciales.
Pluralidad de nuevas adquisiciones periciales como resultado de la renovación de la instrucción - Posibilidad de hacer referencia, en sentencia, a solo uno de los peritajes - Exclusión - Consecuencias. La sentencia de apelación está viciada por defecto de motivación si, ante una pluralidad de peritajes sobre el mismo objeto ordenados en sede de integración de la instrucción, hace referencia exclusiva al contenido de solo uno de ellos, recepcionando sus conclusiones, dado que es necesario exponer las razones de la elección efectuada y escrutar las tesis refutadas, incluso a la luz de los demás resultados procesales, incluidas las consultorías de parte, con las que debe compararse la tesis recepcionada.
Esta resolución tiene relevantes implicaciones para la práctica judicial. En particular, subraya la obligación del juez de motivar de manera exhaustiva sus elecciones, especialmente cuando se trata de evaluar varios peritajes. A continuación, algunas consideraciones clave:
La sentencia n.º 3721 de 2025 representa un paso importante hacia una mayor atención a la motivación de las decisiones judiciales. Reafirma el principio según el cual un juicio justo requiere no solo el esclarecimiento de los hechos, sino también una evaluación crítica y razonada de las pruebas presentadas. Este enfoque no solo protege los derechos de las partes, sino que también refuerza la confianza en el sistema jurídico.