La sentencia n. 11905 de 2020 de la Corte de Casación ofrece importantes reflexiones sobre la responsabilidad profesional en el ámbito médico y la operatividad de las pólizas de seguro. En este caso, a un médico se le negó la cobertura por parte de su compañía aseguradora después de que un paciente solicitara una indemnización por daños derivados de una intervención quirúrgica. La Corte reiteró la importancia de la transparencia y la comunicación en la celebración de los contratos de seguro.
El médico, D. P., fue demandado por una intervención de artroplastia que derivó en complicaciones, incluida una infección. El paciente solicitó entonces la indemnización por los daños, aduciendo como causa una presunta responsabilidad del médico y de la estructura sanitaria. La cuestión central fue si la póliza de seguro suscrita por el médico cubría tales reclamaciones, considerando que la infección ya se había manifestado antes de la suscripción del contrato.
La Corte estableció que la póliza no era operativa para hechos ya conocidos por el asegurado en el momento de la suscripción.
Esta sentencia subraya varios aspectos fundamentales en el contexto de la responsabilidad profesional:
En conclusión, la sentencia n. 11905 de 2020 representa un hito importante en la jurisprudencia relativa a los seguros de responsabilidad profesional. Pone de manifiesto la necesidad de que los profesionales sanitarios presten especial atención a las condiciones de sus pólizas, y de que comuniquen de manera clara y oportuna cualquier problema que pudiera afectar a su operatividad. La transparencia y la diligencia son imperativos no solo para la protección de los pacientes, sino también para la protección de los propios profesionales.