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Comentario sobre la Sentencia n. 14954 de 2024: Declaración Fraudulenta y Visado de Conformidad. | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario sobre la Sentencia n.º 14954 de 2024: Declaración Fraudulenta y Visado de Conformidad

La reciente sentencia n.º 14954 de 2024 del Tribunal de Casación ha encendido un debate significativo en relación con la responsabilidad penal de los profesionales habilitados en la expedición del visado de conformidad. En particular, la Corte ha aclarado cómo la expedición de un visado de conformidad "ligero", en ausencia de los presupuestos necesarios, puede constituir una contribución causal relevante al delito de declaración fraudulenta mediante el uso de facturas por operaciones inexistentes.

Contexto Normativo y Jurisprudencial

El delito de declaración fraudulenta está regulado por el artículo 4 del Decreto Legislativo n.º 74 de 2000, el cual prevé penas severas para quien utiliza facturas por operaciones inexistentes con el fin de evadir al fisco. La sentencia en cuestión se enmarca en un contexto normativo articulado, en el que el Código Penal, en particular el artículo 110, establece que es punible quien concurre en el delito ajeno con una contribución causal.

En este caso, el profesional habilitado que expide un visado de conformidad, aun en defecto de los presupuestos exigidos por la ley, no solo facilita el ilícito, sino que refuerza la intención criminal del contribuyente. Dicha conducta no puede considerarse un acto neutro, sino que se convierte en parte integrante de un mecanismo fraudulento.

Máxima de la Sentencia y Reflexiones

Delito de declaración fraudulenta mediante uso de facturas por operaciones inexistentes - Expedición del visado denominado "ligero" de conformidad por parte de profesional habilitado - Contribución causal relevante ex art. 110 del Código Penal - Existencia - Razones. En materia de delitos tributarios, la expedición, por parte de profesional habilitado, del denominado visado "ligero" de conformidad de la declaración de IVA, realizada en defecto de los presupuestos necesarios, configura una contribución concursal, causalmente relevante ex art. 110 del Código Penal, al delito de declaración fraudulenta mediante uso de facturas por operaciones inexistentes, dado que dicha conducta, al ser normalmente anterior a la presentación de la declaración, facilita o refuerza el propósito criminal ajeno.

Esta máxima resume eficazmente la posición de la Corte, destacando cómo el visado de conformidad puede constituir un factor determinante en la comisión de delitos tributarios. La responsabilidad de los profesionales, por lo tanto, no se limita a meros errores formales, sino que se extiende a conductas que pueden facilitar actos ilícitos.

Conclusiones

La sentencia n.º 14954 de 2024 representa un importante paso adelante en la lucha contra la evasión fiscal y los delitos tributarios. Subraya la necesidad de un riguroso respeto de las normas por parte de los profesionales habilitados e invita a una reflexión sobre su responsabilidad. En un contexto en el que la evasión fiscal representa un tema de relevancia nacional, la línea dura de la jurisprudencia puede contribuir a garantizar mayor transparencia y corrección en el sistema fiscal italiano.

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