La sentencia n.º 13364, de 14 de febrero de 2024, dictada por la Corte de Casación, aborda un tema de relevante importancia en el ámbito de los delitos tributarios. En particular, la Corte ha examinado la configurabilidad del delito de declaración fraudulenta mediante el uso de facturas u otros documentos para operaciones inexistentes, estableciendo que dicho delito es perseguible incluso en el caso en que la documentación falsa haya sido creada por el propio usuario.
El delito de declaración fraudulenta está regulado por el Decreto Legislativo 10 de marzo de 2000, n.º 74, que disciplina los delitos tributarios. De conformidad con el artículo 3, apartado 3, de dicho decreto, se especifica que la falsificación de documentos para operaciones inexistentes se castiga severamente. La Corte ha reiterado que, incluso si la documentación falsa proviene del usuario, esto no excluye la existencia del delito.
Delitos tributarios - Delito de declaración fraudulenta mediante el uso de facturas u otros documentos para operaciones inexistentes - Emisión de la documentación falsa por el propio usuario - Configurabilidad del delito - Existencia. En materia de delitos tributarios, el delito de declaración fraudulenta mediante el uso de facturas u otros documentos para operaciones inexistentes es configurable incluso en el caso en que la documentación falsa haya sido creada por el propio usuario de la misma, que la haga aparecer como proveniente de terceros. (En la motivación, la Corte precisó que la referencia a ciertas hipótesis de facturación, contenida en el art. 3, apartado 3, d.lgs. 10 de marzo de 2000, n.º 74, reformado por el d.lgs. 24 de septiembre de 2015, n.º 158, no ha modificado la relación de especialidad recíproca existente entre el delito indicado y el de declaración fraudulenta mediante otros artificios, previsto en el art. 3 d.lgs. n.º 74 de 2000).
La sentencia en cuestión tiene una importante valencia práctica, ya que aclara que incluso la creación de documentación falsa por parte del propio usuario no elude la responsabilidad penal. Las implicaciones de esta decisión son múltiples:
En conclusión, la sentencia n.º 13364 de 2024 se configura como un importante paso adelante en la lucha contra los delitos tributarios. Aclara que la responsabilidad penal no puede ser eludida y que el uso de facturas o documentos falsos, independientemente de su origen, es perseguible. Esto representa una señal fuerte para todos aquellos que operan en el ámbito fiscal, destacando la importancia de una gestión correcta y transparente de la documentación tributaria.