La reciente ordenanza de la Corte de Casación n. 8942 del 4 de abril de 2024 ofrece importantes aclaraciones sobre el tema de la petición hereditaria y los bienes reclamables por los herederos. La cuestión central concierne a la distinción entre los bienes que forman parte del acervo hereditario en el momento de la apertura de la sucesión y aquellos que, en cambio, ya han salido del patrimonio del *de cuius*.
En este caso, la Corte confirmó la decisión de la Corte de Apelación de Ancona, que ya había establecido que solo los bienes en los cuales el heredero ha sucedido *mortis causa* pueden ser reclamados. Por lo tanto, si un bien ha sido transferido o retirado antes de la apertura de la sucesión, este no entra en el acervo hereditario y no puede ser objeto de petición.
HERENCIA (NOCIÓN, DISTINCIONES) - EN GENERAL Petición hereditaria - Bienes reclamables - Bienes ya fuera del acervo hereditario en el momento de la apertura de la sucesión - Exclusión - Fundamento - Supuesto de hecho. Con la petición hereditaria solo son reclamables los bienes en los cuales el heredero ha sucedido *mortis causa* al *de cuius* y no aquellos que, en el momento de la apertura de la sucesión, ya han salido del patrimonio del difunto y que, por lo tanto, no pueden ser considerados bienes hereditarios. (En la especie, la S.C. confirmó la sentencia de mérito que había distinguido las sumas presentes en una cuenta corriente y retiradas después de la muerte del *de cuius*, de aquellas presentes en una cuenta de depósito de valores y retiradas antes de la muerte, reconociendo la viabilidad de la acción solo en el primer caso).
Esta sentencia tiene diversas implicaciones prácticas para los herederos:
En resumen, la sentencia n. 8942 de 2024 ofrece una guía clara sobre qué puede ser reclamado a través de la petición hereditaria, subrayando la importancia de distinguir entre bienes hereditarios y bienes ya fuera del patrimonio del *de cuius*. Esta claridad es fundamental para los herederos, que deben ser conscientes de sus derechos y deberes en caso de sucesión.