La sentencia n. 18532 del 17 de enero de 2023, depositada el 4 de mayo de 2023, ha suscitado un notable interés en el panorama jurídico italiano, en particular en lo que respecta al delito de declaración infiel. Esta decisión de la Corte de Casación se enmarca en un contexto normativo complejo, donde las responsabilidades fiscales de los individuos son cada vez más escrutables. La Corte ha aclarado que la falta de indicación de partidas esenciales en la declaración de la renta puede configurar un delito, incluso si se trata de una declaración parcial.
El caso en cuestión se refería a un imputado, G. M., que había omitido presentar la declaración de IVA y, en el modelo único de personas físicas, no había cumplimentado el apartado relativo a dicho impuesto. Esta omisión llevó a la Corte a establecer que dicho comportamiento era asimilable a una declaración negativa, en la medida en que el contribuyente representó, de manera engañosa, no haber producido renta imponible a efectos del impuesto sobre el valor añadido.
Delito de declaración infiel - Falta de indicación de partidas esenciales a efectos de la determinación de la renta - Configuración del delito - Razones - Supuesto de hecho. Integra el delito de declaración infiel la presentación de una declaración de la renta en la que se hayan dejado en blanco apartados en los que debieran indicarse partidas esenciales para la determinación de la renta global imponible y de los importes consecuentemente debidos en concepto de impuesto, siendo la omisión de cumplimentación asimilable a una declaración negativa. (Supuesto de hecho relativo a imputado que había omitido la presentación de la declaración de IVA y que, en el modelo único de personas físicas, no había cumplimentado el apartado relativo al mismo impuesto, representando así, en disconformidad con el dato real, no haber producido renta imponible a efectos del impuesto sobre el valor añadido).
Esta máxima evidencia cómo la Corte considera la falta de cumplimentación de elementos esenciales no solo un error formal, sino un acto que puede configurar un auténtico delito. La decisión se basa en el principio de que cada contribuyente tiene la obligación de declarar de manera completa y veraz su renta, y su omisión no puede justificarse por una presunta ignorancia o negligencia.
Las consecuencias de esta sentencia son significativas no solo para el imputado, sino para todos los contribuyentes. De hecho, subraya la importancia de una correcta cumplimentación de las declaraciones fiscales. Las responsabilidades en el ámbito tributario son cada vez más severas y la jurisprudencia tiende a sancionar comportamientos que puedan considerarse evasivos.
En conclusión, la sentencia n. 18532 de 2023 sirve de advertencia para todos los contribuyentes. La Corte de Casación ha reiterado que la omisión de información esencial en la declaración de la renta puede configurar un delito de declaración infiel, con todas las consecuencias legales que de ello se derivan. La conciencia de las propias responsabilidades fiscales es crucial para evitar sanciones y problemáticas legales futuras. Es, por tanto, esencial estar siempre actualizado sobre las normativas fiscales y, si es necesario, recurrir a la asesoría de expertos del sector.