La sentencia n. 45642 del 3 de octubre de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda un tema de gran relevancia en el panorama jurídico italiano: la aplicabilidad de las medidas de prevención y el principio de irretroactividad de la ley penal. En particular, la Corte ha establecido que, en materia de medidas de prevención, no se aplica el principio de irretroactividad previsto por el artículo 25 de la Constitución, sino el previsto por el artículo 200 del Código Penal.
La diferencia entre las medidas de prevención y las sanciones penales es fundamental para comprender el contexto de la sentencia. Las medidas de prevención se consideran medidas no sancionatorias, sino preventivas, y por este motivo no recaen bajo el principio de irretroactividad de la ley penal. La Corte, de hecho, ha aclarado que estas medidas se rigen por la ley en vigor en el momento de su aplicación, permitiendo así fundamentar la evaluación de la peligrosidad social en delitos posteriores a la comisión de los hechos.
Principio de irretroactividad de la ley penal - Aplicabilidad - Exclusión - Art. 200 del Código Penal - Aplicabilidad - Existencia - Razones - Consecuencias. En materia de medidas de prevención, no opera el principio de irretroactividad de la ley penal del art. 25 de la Constitución, sino –en razón de su naturaleza no sancionatoria, sino preventiva, que las asimila a las medidas de seguridad– el fijado por el art. 200 del Código Penal, por lo que se rigen por la ley en vigor en el momento de su aplicación, de modo que se permite fundamentar el juicio de peligrosidad social cualificada en hipótesis de delito consideradas sintomáticas a tales fines en virtud de una ley posterior a la comisión de los hechos.
Esta decisión marca una distinción importante respecto a otras jurisprudencias, donde el principio de irretroactividad tiene una aplicación más rígida. La Corte de Casación, por lo tanto, establece un enfoque más flexible y orientado a la seguridad pública, permitiendo una evaluación de la peligrosidad social que tenga en cuenta normativas recientes.
Las repercusiones de esta sentencia son múltiples y merecen un análisis atento. En primer lugar, las medidas de prevención pueden aplicarse también en base a delitos que no se consideraban como tales en el momento de la comisión de los hechos, si dichos delitos se clasifican posteriormente como sintomáticos de peligrosidad social. Esto puede llevar a:
La sentencia n. 45642 de 2024 representa un paso significativo en la jurisprudencia italiana relativa a las medidas de prevención. Aclara que tales medidas, por su naturaleza preventiva, no están sujetas al principio de irretroactividad de la ley penal, sino que siguen las disposiciones vigentes en el momento de su aplicación. Este enfoque, si bien puede plantear interrogantes sobre su aplicación práctica, tiene como objetivo garantizar una mayor seguridad pública, demostrando cómo el derecho puede evolucionar en respuesta a las necesidades de la sociedad.