La sentencia n. 30602 de la Corte de Casación, publicada el 28 de noviembre de 2024, ofrece importantes aclaraciones sobre la pensión de divorcio, destacando cómo la evaluación de las condiciones económicas de las partes y la contribución del cónyuge más débil son elementos fundamentales para su determinación. En este artículo, analizaremos los puntos clave de la decisión y sus implicaciones prácticas.
El procedimiento se inicia a partir de la separación entre A.A. y B.B., en la que se solicitaba la determinación de la pensión de divorcio. La Corte de Apelación de Roma ya había confirmado una pensión de 550,00 euros mensuales, estableciendo que el marido, A.A., percibía una renta de pensión de aproximadamente 5.000,00 euros, mientras que la esposa, B.B., solo 1.850,00 euros. Este desequilibrio económico, unido a los sacrificios profesionales realizados por B.B. durante el matrimonio, llevó a la decisión de mantener la pensión.
La Corte hizo referencia a los principios establecidos por las Secciones Unidas en 2018, que establecen que el juez debe considerar varios factores para evaluar la pensión de divorcio:
La función equilibradora de la renta de los excónyuges no está destinada a la reconstrucción del nivel de vida endoconiugal, sino al reconocimiento del papel y la contribución del excónyuge económicamente más débil.
La sentencia Cass. Civ. n. 30602 de 2024 representa un paso significativo en la jurisprudencia italiana en materia de pensión de divorcio. Reafirma la importancia de un análisis comparativo de las condiciones económicas de las partes y del reconocimiento de la contribución del cónyuge más débil en la vida matrimonial. La Corte ha aclarado que la pensión debe tener una función no solo asistencial, sino también compensatoria y equitativa, en línea con los principios de solidaridad previstos por la Constitución.