La sentencia del Tribunal Supremo de Casación del 3 de julio de 2024, n. 30537, ofrece puntos de reflexión relevantes sobre el reconocimiento de la pensión compensatoria por divorcio, abordando las modalidades de valoración de las condiciones económicas de los cónyuges. En el caso específico, la Corte acogió el recurso presentado por A.A., destacando la importancia de considerar la contribución personal y económica aportada por cada cónyuge durante el matrimonio.
El asunto involucra a A.A. y B.B., una pareja que contrajo matrimonio en 1983 y se separó en 2010. Durante el proceso de divorcio, A.A. solicitó una pensión compensatoria por divorcio, pero el Tribunal de primera instancia desestimó dicha solicitud. La Corte de Apelación de Venecia confirmó esta decisión, considerando que no existía un desequilibrio económico tal que justificara la pensión.
A.A. presentó recurso de casación, planteando diversas objeciones a la valoración de las condiciones patrimoniales y de ingresos. Entre los motivos principales, la Corte acogió:
El reconocimiento de la pensión compensatoria por divorcio requiere la acreditación de la insuficiencia de los medios del excónyuge solicitante y la imposibilidad de procurárselos por razones objetivas.
La Corte subrayó que la pensión compensatoria por divorcio tiene una función asistencial y compensatoria, y que la valoración debe tener en cuenta la historia conyugal y las contribuciones de cada cónyuge. La ausencia de hijos tiene peso, pero no debe excluir la posibilidad de una pensión si existen disparidades sustanciales entre las partes.
Esta sentencia es significativa porque aclara cómo debe realizarse la valoración de la pensión compensatoria por divorcio de manera exhaustiva, considerando no solo los ingresos actuales sino también las contribuciones históricas al patrimonio común. La Casación destacó que la mera adhesión a un informe pericial no es suficiente; es necesario proporcionar una motivación adecuada que justifique las decisiones tomadas.
En conclusión, la Corte de Casación anuló la sentencia de la Corte de Apelación, remitiendo la cuestión para una reevaluación de las circunstancias patrimoniales y de ingresos, destacando así la importancia de un análisis riguroso en los casos de divorcio y asignación de pensiones.
La sentencia n. 30537 de 2024 representa un avance en la jurisprudencia relativa al divorcio y la pensión compensatoria por divorcio, aclarando que cada caso debe ser evaluado en función de las circunstancias económicas específicas y las contribuciones históricas de cada cónyuge. Este enfoque no solo protege los derechos del excónyuge más vulnerable, sino que también asegura que las decisiones estén jurídicamente fundamentadas y motivadas.