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Sustracción Internacional de Menores: Análisis de la Sentencia Cass. civ. n. 32411/2019 | Bufete de Abogados Bianucci

Sustracción Internacional de Menores: Análisis de la Sentencia Cass. civ. n. 32411/2019

El tema de la sustracción internacional de menores es un asunto de gran relevancia en el derecho de familia, especialmente cuando se trata de garantizar el bienestar psicológico de los niños involucrados. La reciente sentencia del Tribunal de Casación, n. 32411 de 2019, aborda este delicado tema, ofreciendo reflexiones sobre la responsabilidad parental y la importancia de considerar las necesidades y los derechos de los menores.

El Caso y la Decisión del Tribunal

El caso en cuestión se origina por la solicitud de D.M. de repatriar a Japón a sus hijas D.L. y D.L., trasladadas a Italia por la madre R.M. sin el consentimiento del padre. El Tribunal de Menores de Roma, si bien reconoció la ilegalidad de la sustracción, denegó la orden de repatriación, destacando un potencial riesgo psíquico para las menores en caso de retorno forzoso.

El Tribunal consideró que el regreso forzoso a Japón implicaría un riesgo fundado de que las menores fueran expuestas a una situación intolerable.

En particular, los jueces subrayaron que las niñas percibían Japón como un lugar extraño, evidenciando una fase de sus vidas caracterizada por momentos de malestar. Esta evaluación llevó a considerar el interés superior de las menores, en conformidad con los principios establecidos por la Convención de La Haya de 1980.

Principios Jurídicos y Referencias Normativas

La Corte recordó la Convención de La Haya, que establece que el retorno del menor puede ser denegado si existe un riesgo fundado de exposición a peligros físicos o psíquicos, o si la situación se presenta intolerable. La jurisprudencia italiana, incluida la del Tribunal Constitucional, siempre ha subrayado la importancia de salvaguardar el vínculo afectivo del menor con ambos progenitores, evitando intervenciones que puedan comprometer su estabilidad psicológica.

  • Art. 12 de la Convención de La Haya: repatriación inmediata si el menor ha sido ilícitamente trasladado.
  • Art. 13 de la misma Convención: posibilidad de denegar el retorno en caso de riesgo para el menor.
  • Sentencias de Casación que reiteran la centralidad del bienestar del menor en las decisiones de repatriación.

Conclusión

La sentencia n. 32411/2019 del Tribunal de Casación representa un importante paso adelante en la protección de los derechos de los menores involucrados en situaciones de sustracción internacional. Subraya la importancia de considerar no solo el aspecto legal de la sustracción, sino también las implicaciones psicológicas y relacionales que un retorno forzoso a un contexto extraño podría acarrear. Las decisiones en materia de custodia y repatriación deben tener siempre en cuenta el interés superior del menor, garantizando un equilibrio entre los derechos de los progenitores y el bienestar de los hijos.

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