La reciente sentencia del Tribunal de Casación n.º 51735 del 31 de octubre de 2023 ofrece importantes aclaraciones sobre la valoración del daño patrimonial en caso de delito continuado. En particular, el núcleo de la cuestión se refiere a la aplicación del agravante previsto en el art. 61, n.º 7, del Código Penal, que contempla el agravamiento de la pena en razón de la gravedad del daño causado. Este artículo se propone analizar las implicaciones de esta sentencia, haciendo comprensible su contenido y sus consecuencias para la jurisprudencia italiana.
El Tribunal se encontró ante la necesidad de decidir sobre una cuestión crucial: ¿cómo debe valorarse el daño de relevante gravedad en los casos de delito continuado? La sentencia aclara que, a efectos de la aplicación del agravante, la valoración no debe realizarse considerando el daño global causado por las múltiples violaciones unificadas por el vínculo, sino el daño patrimonial derivado de cada delito individual. Este principio representa un importante paso adelante en la definición de los criterios de valoración en el ámbito penal.
GRAVEDAD - Delito continuado - Entidad del daño - Valoración referida a los delitos individuales - Razones. A efectos de la aplicación al delito continuado del agravante previsto en el art. 61, n.º 7, del Código Penal, la valoración del daño de relevante gravedad debe realizarse no con respecto al daño globalmente causado por las múltiples violaciones unificadas por el vínculo, sino al daño patrimonial causado por cada delito individual.
Esta máxima, además de proporcionar una clara indicación de método, subraya la importancia de una valoración detallada de los actos ilícitos individuales. El Tribunal ha destacado de hecho cómo un enfoque agregado puede llevar a distorsiones en la cuantificación de la pena, invalidando el principio de proporcionalidad e individualidad de la responsabilidad penal.
Las consecuencias de la sentencia n.º 51735 de 2023 son múltiples:
Además, la sentencia se inserta en un marco más amplio, en el que la jurisprudencia tiende a garantizar una mayor equidad en la punición de los delitos, conformándose también a los principios establecidos por la Corte Constitucional y por las normativas europeas en materia de derechos humanos y justicia.
En conclusión, la sentencia n.º 51735 representa un significativo paso adelante en la jurisprudencia italiana, estableciendo un principio claro e inequívoco respecto a la valoración del daño patrimonial en el contexto del delito continuado. Este enfoque, que privilegia la valoración individual de los daños, está destinado a influir profundamente en las futuras decisiones jurídicas en la materia, contribuyendo a una mayor equidad y justicia para las víctimas de los delitos. Es fundamental que los operadores del derecho consideren atentamente estas indicaciones para garantizar una justicia más equitativa y respetuosa de los derechos de todos los individuos involucrados.