La reciente ordenanza de la Corte de Casación, n.º 18815 de 2024, ofrece importantes reflexiones sobre la responsabilidad profesional de los operadores sanitarios y los derechos de los nascituros. El caso en cuestión involucra a un menor, A.A., cuyos padres demandaron a la Azienda Sanitaria Locale de Brindisi y a las herederas de un médico por negligencia en el diagnóstico de malformaciones congénitas durante el embarazo.
El recurso de A.A. se basa en una presunta inadecuación en la prestación profesional recibida, que habría impedido a la madre evaluar la opción de una interrupción del embarazo. La Corte de Apelación de Lecce, sin embargo, ya había desestimado el recurso, limitando el reconocimiento del derecho a indemnización exclusivamente a los padres. Esta postura ha planteado interrogantes fundamentales: ¿tiene el nascituro derecho a solicitar una indemnización por sus condiciones de vida, o es este derecho exclusivo de los padres?
La sentencia de la Corte de Casación llama la atención sobre la necesidad de considerar el derecho del nascituro a vivir sin limitaciones perjudiciales, poniendo de relieve las implicaciones legales de la responsabilidad médica.
El primer motivo de recurso presentado por A.A. destacaba la falta de consideración de las previsiones de la ley 194 de 1978, que regula la interrupción del embarazo. La Corte tuvo que abordar la cuestión del derecho a indemnización en relación con los artículos 2, 3, 29, 30 y 32 de la Constitución, que tutelan los derechos fundamentales de la persona. Si bien el Tribunal había reconocido la responsabilidad del sanitario, negó el derecho a indemnización, sosteniendo que el daño por nacimiento no deseado no podía atribuirse al propio hijo.
La sentencia n.º 18815 de 2024 representa un importante precedente jurisprudencial que invita a reflexionar sobre el delicado equilibrio entre la responsabilidad profesional y los derechos individuales. La cuestión de la indemnización no debe limitarse a los padres, ya que el derecho a la vida y a la salud del nascituro es un tema de fundamental relevancia. La Corte ha abierto así un espacio de discusión sobre cómo las normas vigentes pueden interpretarse de manera que se garantice una protección adecuada a los derechos de los más vulnerables.