La sentencia n.º 23332 del 29 de agosto de 2024 del Tribunal de Casación, presidida por D'Ascola P., marca un importante paso en la definición de la competencia jurisdiccional en materia de indemnización por daños derivados de incendios causados por obras hidráulicas. En particular, el Tribunal ha establecido que las demandas de indemnización relativas a daños provocados por dichas obras deben ser tratadas por el Tribunal regional de aguas.
La controversia se refería a una acción de indemnización por daños interpuesta por G. (Allamprese M.) contra C. (Frascella E. P.), en la que se sostenía que el incendio había sido causado por la omisión de eliminación de maleza en los márgenes de una obra hidráulica. El Tribunal de Casación reiteró la importancia del artículo 140, letra e), del Real Decreto n.º 1775 de 1933, que define los criterios para el reparto de competencia entre el juez ordinario y el juez especializado.
Reparto de competencia entre juez ordinario y juez especializado - Criterios - Supuesto de hecho en materia de acción de indemnización por daños derivados de incendio. El artículo 140, letra e), del R.D. n.º 1775 de 1933, debe interpretarse en el sentido de que son de competencia del Tribunal regional de aguas todas las demandas, cualquiera que sea su motivación, dirigidas contra el propietario o gestor de una obra hidráulica y destinadas a obtener la indemnización de un daño causado por la forma en que dicha obra ha sido realizada, gestionada o mantenida. (En aplicación del principio, la S.C. ha declarado la competencia del Tribunal regional de aguas en relación con una demanda de indemnización por daños derivados de incendio, originado, según la pretensión actora, por la omisión de eliminación de maleza crecida en los márgenes de una obra hidráulica).
Esta decisión tiene relevantes implicaciones jurídicas, ya que aclara que las controversias relacionadas con obras hidráulicas, en particular aquellas que pueden causar daños a terceros, deben ser tratadas en un contexto jurisdiccional específico. La sentencia, de hecho, se alinea con la normativa vigente y con los principios de especialización jurídica, subrayando la importancia de la protección ambiental y de la seguridad pública.
En conclusión, la sentencia n.º 23332 del 29 de agosto de 2024 representa una importante aclaración sobre la competencia jurisdiccional en materia de indemnización por daños derivados de incendios causados por obras hidráulicas. No solo subraya la importancia de la especialización de los tribunales, sino también la necesidad de una gestión responsable de las obras hidráulicas, para evitar la generación de daños a terceros. Esta decisión es fundamental para los profesionales del derecho que operan en este ámbito, contribuyendo a una mayor certeza jurídica y protección para los ciudadanos.