La reciente sentencia n.º 17320 de 2022 de la Corte de Casación ha puesto de manifiesto importantes aclaraciones sobre las circunstancias agravantes en el delito de robo, en particular en relación con la edad de la víctima. Este pronunciamiento es de especial relevancia para todos los operadores jurídicos, ya que define con precisión cuándo se aplican específicas agravantes y cuáles son sus implicaciones jurídicas.
En el contexto del derecho penal italiano, el delito de robo está regulado por el artículo 628 del Código Penal. En él, se prevén diversas circunstancias agravantes, que pueden aumentar la pena prevista para el reo. En particular, la sentencia en cuestión se centra en dos agravantes:
Agravante de que trata el art. 628, párrafo tercero, n.º 3-quinquies, del Código Penal - Agravante de que trata el art. 61, n.º 5, del Código Penal - Diferencias. La circunstancia agravante especial, prevista, para el delito de robo, por el art. 628, párrafo tercero, n.º 3-quinquies, del Código Penal, está correlacionada con el dato de la superación de la edad de sesenta y cinco años por parte de la persona ofendida, y no a la presunción relativa de mayor vulnerabilidad de la víctima en razón de la edad, a la que, en cambio, hace referencia la circunstancia agravante común prevista por el art. 61, n.º 5, del Código Penal. (En la motivación, la Corte precisó que concurre la agravante de la edad de la víctima de que trata el art. 628, tercer párrafo, n.º 3-quinquies, del Código Penal en el caso de robo cometido en perjuicio de persona mayor de sesenta y cinco años, sin que sea necesaria una específica investigación sobre la incidencia efectiva de la edad de la parte lesa en la consumación de la conducta delictiva, o sin posibilidad de demostrar la irrelevancia, en el caso específico, del dato anagráfico).
La Corte ha aclarado que la agravante prevista por el art. 628, párrafo tercero, n.º 3-quinquies, se aplica automáticamente cuando la víctima ha superado los sesenta y cinco años, sin necesidad de pruebas adicionales relativas a la vulnerabilidad específica de la persona ofendida. Este enfoque simplifica considerablemente la carga probatoria para la acusación, haciendo más fácil la aplicación de la norma.
Las consecuencias de esta sentencia son notables. Por un lado, se refuerza la protección de las personas mayores, reconociendo la importancia de proteger a una categoría de individuos que, por su edad, puede estar más expuesta a comportamientos criminales. Por otro lado, se evita una aplicación excesivamente subjetiva de las normas, limitando el margen de investigación sobre la vulnerabilidad de la víctima.
En conclusión, la sentencia n.º 17320 de 2022 representa un paso adelante en la definición de las circunstancias agravantes en el delito de robo, estableciendo un claro límite normativo que protege a las franjas más vulnerables de la población. Es fundamental para los profesionales del derecho considerar estas diferencias para una correcta aplicación de las normativas vigentes.