La reciente sentencia n.º 24717 del Tribunal Supremo, dictada el 21 de junio de 2024, ofrece importantes reflexiones sobre el delito de peculado, especialmente en la profesión médica. En este caso, la acusada A.A., médica directiva, fue condenada por retener sumas de dinero recibidas de pacientes sin ingresarlas en la administración sanitaria. El análisis de la sentencia pone de manifiesto aspectos cruciales para la comprensión de la responsabilidad y los deberes de los funcionarios públicos en el contexto de las prestaciones sanitarias.
El peculado, según el artículo 314 del Código Penal, es la conducta de quien se apropia de dinero o bienes de los que tiene la disponibilidad en razón de su cargo. La sentencia en cuestión aclara que, para configurar el delito de peculado, es necesario que el funcionario público se apropie de sumas de dinero relacionadas con el ejercicio de sus facultades. En el caso de A.A., las sumas retenidas eran las que debía ingresar en la entidad hospitalaria por las prestaciones realizadas.
El Tribunal anuló la sentencia recurrida con reenvío para nuevo juicio, destacando la necesidad de aclarar algunos aspectos de la relación entre la acusada y los pacientes.
Uno de los aspectos más interesantes de la sentencia se refiere al concepto de "lesividad" de la conducta. A.A. sostenía que la suma de dinero retenida era exigua, argumentando que esto evidenciaba una conducta negligente más que dolosa. Sin embargo, el Tribunal aclaró que, independientemente del importe, la conducta de apropiación no puede considerarse menos grave. La cuestión del dolo es central en el delito de peculado y, como subraya la jurisprudencia, es necesario demostrar la intención de apropiarse indebidamente de sumas de dinero.
La resolución del Tribunal Supremo tiene diversas implicaciones para los profesionales de la salud que operan en régimen de "intra moenia". Es fundamental que los médicos comprendan sus deberes en cuanto a la gestión de las sumas recibidas de los pacientes y las obligaciones de ingreso en la entidad pública. Algunos puntos clave a tener en cuenta incluyen:
La sentencia n.º 24717 del Tribunal Supremo representa un importante recordatorio de la responsabilidad de los funcionarios públicos, especialmente en el sector sanitario. Sirve de advertencia a los profesionales de la salud sobre la necesidad de respetar rigurosamente las normas y procedimientos establecidos. La distinción entre conducta dolosa y negligencia, si bien relevante, no debe minimizar la importancia de la legalidad y la transparencia en la gestión de los recursos públicos.