La sentencia del Tribunal de Casación n. 26527 de 2024 ofrece una importante reflexión sobre el tratamiento sancionador en materia fiscal, destacando la necesidad de considerar la proporcionalidad de la pena en relación con sanciones ya impuestas. En particular, el caso se refería a A.A., acusado de declaración infiel, quien planteó dudas sobre la corrección de la pena impuesta en comparación con las sanciones administrativas ya recibidas.
La Audiencia Provincial de Milán había condenado a A.A. a una pena de un año y seis meses de reclusión, tras reconocer su responsabilidad en relación con irregularidades fiscales. Sin embargo, la defensa impugnó la congruencia de la sanción, argumentando que no se había considerado adecuadamente la sanción administrativa de más de 646.000 euros ya impuesta por la misma infracción.
El juez penal debe tener en cuenta las sanciones administrativas ya impuestas para garantizar la proporcionalidad del tratamiento sancionador global.
El Tribunal de Casación reiteró que, en caso de doble vía sancionadora, es fundamental verificar la proporcionalidad global de las sanciones. Este principio se basa en la idea de que la suma de las sanciones, tanto penales como administrativas, no debe resultar excesiva o desproporcionada en relación con la gravedad de la infracción. En el caso en cuestión, el juez reconoció la necesidad de un nuevo examen por parte de la Audiencia Provincial para reelaborar la cuestión de la proporcionalidad, teniendo en cuenta las sanciones ya impuestas.
En conclusión, el Tribunal de Casación ha establecido una importante directriz para el futuro, destacando cómo las sanciones, ya sean penales o administrativas, deben ser siempre evaluadas en su conjunto para garantizar un tratamiento equitativo y justo para los contribuyentes.
La sentencia n. 26527 de 2024 representa un paso significativo en la jurisprudencia italiana en materia tributaria. Invita a los jueces a considerar el cuadro sancionador completo, para evitar que el contribuyente sufra una doble penalización por la misma conducta. Es deseable que esta orientación sea seguida también en futuros casos similares, con el fin de preservar los derechos de los contribuyentes y garantizar un sistema fiscal justo y equitativo.