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Compensaciones Profesionales: Comentario a la Ordenanza n. 19228 de 2024. | Bufete de Abogados Bianucci

Honorarios Profesionales: Comentario a la Ordenanza n. 19228 de 2024

La reciente intervención de la Corte de Casación con la Ordenanza n. 19228 del 12 de julio de 2024 ofrece una importante reflexión sobre los honorarios profesionales por las prestaciones realizadas en el ámbito extrajudicial y en los procedimientos civiles y penales. Esta sentencia pone de relieve la distinción entre los procedimientos ordinarios y los especiales, destacando la importancia de una correcta calificación del rito a seguir.

El Contexto Normativo y la Sentencia

La Corte de Casación, con su fallo, ha establecido que en el caso de solicitudes de honorarios profesionales no puede aplicarse el rito especial previsto en el art. 14 del d.lgs. n. 150 de 2011. Por lo tanto, el procedimiento a seguir es el ordinario de cognición o, alternativamente, el procedimiento sumario de cognición ex art. 702-bis c.p.c. Esta decisión tiene profundos efectos en las modalidades de gestión de las controversias relativas a los honorarios profesionales.

Honorarios profesionales por prestaciones realizadas en el ámbito extrajudicial y en procedimientos civiles y penales - Procedimiento aplicable - Procedimiento ex art. 14, d.lgs. n. 150 de 2011 - Exclusión - Consecuencias. En el juicio para el reconocimiento de honorarios por prestaciones profesionales realizadas en el ámbito extrajudicial y en procedimientos civiles y penales, no es aplicable el rito especial de liquidación de honorarios de abogado, sino el rito ordinario de cognición o, alternativamente, el procedimiento sumario de cognición ex art. 702-bis c.p.c. ante el tribunal en composición monocrática, al no entrar la controversia en el ámbito de aplicación del art. 14 del d.lgs. n. 150 de 2011, que contempla -en virtud de la remisión al art. 28 de la ley n. 794 de 1942- el procedimiento sumario de cognición para los únicos juicios concernientes a la liquidación de honorarios por prestaciones judiciales realizadas en materia civil. Por lo tanto, en caso de errónea calificación del procedimiento en los términos del art. 14, la sentencia relativa es nula, dado que tal calificación incide en el derecho de defensa, comportando para la parte la pérdida de un grado de juicio reconocido por la ley.

Las Implicaciones Prácticas de la Sentencia

Esta decisión no solo aclara el marco normativo, sino que también tiene implicaciones prácticas significativas para abogados y clientes. Es fundamental que las partes involucradas comprendan la distinción entre los distintos tipos de procedimientos para evitar errores que podrían comprometer el derecho de defensa. Entre las consecuencias más relevantes, podemos destacar:

  • Necesidad de recurrir al rito ordinario o sumario de cognición para las solicitudes de honorarios extrajudiciales.
  • Posibilidad de anulación de la sentencia en caso de errónea calificación del procedimiento.
  • Protección del derecho de defensa, garantizando que las partes no pierdan grados de juicio reconocidos por la ley.

Conclusiones

En conclusión, la Ordenanza n. 19228 de 2024 ofrece una importante guía para la gestión de las controversias relativas a los honorarios profesionales. La correcta comprensión de las normas y de los procedimientos aplicables es esencial no solo para garantizar el respeto de los derechos de las partes, sino también para tutelar la profesionalidad de los abogados. Es fundamental que todos los operadores del derecho presten atención a estos detalles para evitar problemáticas futuras y garantizar una justicia equitativa y eficaz.

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