Warning: Undefined array key "HTTP_ACCEPT_LANGUAGE" in /home/stud330394/public_html/template/header.php on line 25

Warning: Cannot modify header information - headers already sent by (output started at /home/stud330394/public_html/template/header.php:25) in /home/stud330394/public_html/template/header.php on line 61
Ordenanza n. 11488 de 2024: La declaración complementaria y la impugnación de violación. | Bufete de Abogados Bianucci

Auto n. 11488 de 2024: La declaración complementaria y la notificación de infracción

La reciente auto de la Corte de Casación n. 11488 del 29 de abril de 2024 ofrece reflexiones relevantes para comprender las dinámicas relacionadas con la declaración complementaria en el ámbito fiscal. La Corte, con esta decisión, aclara que la notificación de una infracción hace inadmisible la presentación de una declaración complementaria, destacando la importancia del respeto de las normativas fiscales y de las consecuencias derivadas de irregularidades en la declaración de la renta.

El contexto normativo

La cuestión abordada por la Corte se enmarca en el contexto normativo delineado por el d.P.R. n. 322 de 1998, en particular en el art. 2, apartado 8. Según esta disposición, la declaración complementaria es un instrumento que permite al contribuyente corregir errores u omisiones en las declaraciones anteriores. Sin embargo, la Corte ha establecido que dicha posibilidad queda excluida en el caso de que el contribuyente ya haya recibido una notificación de infracción relativa a la violación de tales obligaciones.

Notificación de infracción - Declaración complementaria del art. 2, apartado 8, del d.P.R. n. 322 de 1998 - Admisibilidad - Exclusión - Supuesto de hecho. En materia de impuestos sobre la renta, constituye causa impeditiva para la presentación de la declaración complementaria del art. 2, apartado 8, del d.P.R. n. 322 de 1998 la notificación de la infracción cometida en la redacción de una declaración anterior, ya que, si fuera posible remediar las irregularidades incluso después de la notificación de las mismas, la corrección se resolvería en un inadmisible instrumento de elusión de las sanciones previstas por el legislador. (En el caso específico, la S.C. ha excluido la posibilidad de recurrir a la declaración complementaria destinada a enmendar el error cometido en la presentación de la primera declaración después de la recepción del aviso bonario).

Las implicaciones prácticas de la sentencia

Esta decisión tiene diversas implicaciones para los contribuyentes y los profesionales del sector fiscal. Es fundamental que los contribuyentes sean conscientes de las limitaciones al uso de la declaración complementaria, especialmente en presencia de notificaciones. Las consecuencias pueden incluir:

  • Imposibilidad de corregir errores después de la notificación de infracción, aumentando el riesgo de sanciones.
  • Necesidad de una mayor atención en la redacción de las declaraciones fiscales para evitar notificaciones.
  • Refuerzo de la importancia de una asesoría legal antes de presentar las declaraciones.

En resumen, la Corte de Casación ha reiterado una posición rigurosa en materia de declaraciones fiscales, subrayando la importancia de un comportamiento conforme a las normativas y las dificultades que los contribuyentes pueden encontrar en el intento de corregir errores después de una notificación.

Conclusiones

La sentencia n. 11488 de 2024 representa una clara advertencia para los contribuyentes en cuanto a la gestión de las declaraciones fiscales. Es crucial estar informado sobre las normativas vigentes y las consecuencias de las propias acciones, para evitar incurrir en sanciones y problemáticas legales no deseadas. Una asesoría experta puede resultar fundamental para navegar en un campo complejo como el fiscal.

Bufete de Abogados Bianucci