La reciente auto n. 11400 del 29 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda un tema crucial en el derecho comercial y societario: la competencia por cuantía en caso de cesión de participaciones de sociedades personalistas. Esta sentencia proporciona aclaraciones significativas que pueden guiar a los profesionales del sector en la gestión de controversias similares.
La controversia tuvo su origen en una cesión de participaciones entre socios de una sociedad personalista, en la cual un socio, M. P., solicitó el reembolso prorrateado a los exsocios cedentes, M. C. y F. B., quienes se habían constituido en garantes frente a la sociedad. El caso planteó cuestiones importantes respecto a la competencia por cuantía de la demanda de reembolso.
Cesión de participaciones de sociedades personalistas - Obligación unitaria a cargo de la sociedad - Asunción de garantía por parte de los exsocios cedentes - Demanda de reembolso prorrateado contra estos - Competencia por cuantía - Aplicación del art. 11 c.p.c. En caso de cesión de participaciones de sociedades personalistas, la competencia por cuantía sobre la demanda de reembolso prorrateado, interpuesta contra los exsocios cedentes que se constituyeron en garantes frente a la sociedad, se determina conforme al art. 11 c.p.c., en cuanto la deuda de cada uno tiene su fuente en la obligación unitaria a cargo de esta.
Esta máxima aclara que, en presencia de una obligación unitaria, la competencia por cuantía se determina en base al artículo 11 del código de procedimiento civil (c.p.c.). En otras palabras, la deuda que cada socio tiene frente a la sociedad se considera como una fuente común de obligación, haciendo así relevante la competencia por cuantía para la demanda de reembolso.
Las implicaciones prácticas de esta auto son múltiples:
Además, la sentencia está en línea con los principios del código civil, en particular con los artículos 1314 y 2290, que disciplinan las obligaciones y las responsabilidades de los socios en una sociedad personalista. Esto conduce a una mayor certeza jurídica y protección para todos los actores involucrados.
En conclusión, la auto n. 11400 del 2024 representa un paso importante en la definición de la competencia por cuantía en las controversias relativas a la cesión de participaciones de sociedades personalistas. La claridad proporcionada por la Corte de Casación ayuda a mitigar las incertidumbres y proporciona un marco normativo más sólido para la gestión de las responsabilidades entre socios. Es fundamental que los profesionales del derecho consideren estas indicaciones en su práctica, para garantizar que las controversias se gestionen de manera eficiente y conforme a la ley.