El Tribunal de Casación, con la sentencia n.º 14276 del 2 de diciembre de 2022, ha proporcionado una importante interpretación sobre la consumación del delito de cesión de sustancias estupefacientes. En particular, el Tribunal ha establecido que no es necesaria la entrega material de la sustancia para considerar el delito como consumado. Este principio, que puede parecer controvertido, es de fundamental importancia para comprender las dinámicas jurídicas relacionadas con los delitos de drogas.
El Tribunal afirmó que, a efectos de la consumación del delito de cesión de sustancias estupefacientes, es suficiente el acuerdo entre las partes sobre el objeto y las condiciones de venta. Por lo tanto, no es necesaria la entrega material de la sustancia al comprador. El Tribunal subrayó que no es relevante si el vendedor no tiene la disponibilidad efectiva de la sustancia pactada, siempre que sea capaz de procurársela y entregarla en breve plazo.
Cesión de sustancias estupefacientes - Consumación del delito - Entrega material de la sustancia - Necesidad - Exclusión - Acuerdo entre las partes - Suficiencia. A efectos de la consumación del delito de cesión de sustancias estupefacientes, es suficiente el acuerdo de las partes sobre el objeto y las condiciones de venta, no siendo necesaria la entrega material de la sustancia al comprador. (En la motivación, el Tribunal precisó que no es relevante que el vendedor no tenga la disponibilidad efectiva del cuantía de estupefaciente pactado, cuando sea capaz de procurárselo y entregarlo en breve plazo).
Esta sentencia tiene diversas implicaciones jurídicas, tanto para los operadores del derecho como para los ciudadanos. Entre las principales podemos enumerar:
En conclusión, la sentencia n.º 14276 de 2022 representa una importante evolución en la jurisprudencia relativa a los delitos de cesión de sustancias estupefacientes. Subraya cómo la consumación del delito no depende de la entrega material de la sustancia, sino más bien del acuerdo entre las partes. Este principio no solo aclara algunos aspectos del derecho penal, sino que también ofrece motivos de reflexión sobre cómo las dinámicas del mercado de la droga se ven influenciadas por tales decisiones jurídicas. Sigue siendo fundamental, para quienes se ven involucrados en similares vicisitudes, recurrir a profesionales expertos para una defensa adecuada.