La reciente sentencia n.º 39602 del 3 de octubre de 2024 de la Corte de Apelación de Nápoles aborda un tema de gran relevancia en el campo de la normativa de construcción: la cuestión de la orden de demolición de construcciones ilegales y el impacto de las medidas de regularización emitidas después de que la sentencia de condena haya pasado a ser definitiva. En particular, la Corte declaró inadmisible la solicitud de suspensión de la orden de demolición, destacando que la emisión de un título de regularización no obsta a su ejecución, especialmente si el beneficiario no era propietario del bien en el momento de la edificación.
Esta sentencia se enmarca en un complejo marco normativo, que incluye el DPR 380/2001 y la Ley 47/1985, los cuales regulan detalladamente los procedimientos urbanísticos y la lucha contra la construcción ilegal. En particular, la medida de regularización, aunque pueda parecer un salvoconducto para las construcciones ilegales, debe ser cuidadosamente evaluada en términos de legitimidad y titularidad del derecho. La Corte reiteró que la regularización emitida a favor de personas no propietarias no puede influir en la orden de demolición, la cual permanece válida y aplicable.
Orden de demolición - Medida de regularización - Emitida, después de que la sentencia de condena haya pasado a ser definitiva, a favor de personas no propietarias del bien y sin relaciones cualificadas con el mismo - Relevancia obstructiva - Exclusión. En materia de delitos urbanísticos, no obsta a la ejecución de la orden de demolición de una construcción ilegal la emisión, posteriormente a que la sentencia de condena haya pasado a ser definitiva, del título de regularización a favor de una persona no propietaria del bien en la época de la edificación y sin ninguna relación jurídica cualificada de naturaleza real u obligatoria con el mismo.
Esta máxima resume el núcleo de la decisión. Aclara que, una vez constatado el carácter ilegal de una construcción, la eventual regularización emitida posteriormente no tiene efecto sobre la legitimidad de la orden de demolición. Por lo tanto, aunque una persona reciba una medida de regularización, si no era propietaria y no tiene vínculos jurídicos con el bien en el momento de la construcción, no puede oponerse a la orden de demolición.
A continuación, algunos puntos clave a considerar:
La sentencia n.º 39602 de 2024 representa una importante aclaración en materia de construcción, subrayando la importancia de la titularidad y la legitimidad en la gestión de las construcciones ilegales. En un contexto en el que la construcción ilegal es un problema persistente, la resolución de la Corte de Apelación de Nápoles se configura como un paso significativo para garantizar el respeto de las normativas y la protección del territorio. Los profesionales del sector y los ciudadanos deben ser conscientes de que las regularizaciones no pueden ignorar la violación de las leyes de construcción y que la orden de demolición sigue siendo una herramienta fundamental para la regularización de los abusos.
