La reciente sentencia n. 2383 de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes aclaraciones en materia de delitos fiscales, en particular respecto al superamiento de los umbrales de punibilidad. En este artículo, examinaremos el significado de esta decisión, analizando los principios jurídicos involucrados y las implicaciones prácticas para los contribuyentes.
La Corte abordó el caso de un contribuyente, S. M. F., acusado de haber superado los umbrales de punibilidad para delitos fiscales, de conformidad con el art. 4 del d.lgs. n. 74 de 2000. La cuestión central era si los costos no contabilizados incurridos por el contribuyente para obtener ingresos no declarados debían considerarse a efectos de la determinación del impuesto evadido.
Delitos fiscales - Superamiento del umbral de punibilidad ex art. 4 d.lgs. n. 74 de 2000 - Contabilidad "en negro" - Costos - Carga de la prueba - Contenido. A efectos de la verificación del superamiento de los umbrales de punibilidad previstos con respecto a los delitos fiscales, los costos no contabilizados incurridos por el contribuyente para la obtención de mayores ingresos igualmente no contabilizados concurren a la determinación del impuesto evadido ex artt. 1, comma 1, lett. f) y 4 d.lgs. 10 de marzo de 2000, n. 74, en el caso en que la renta imponible se reconstruya cruzando la contabilidad de empresa con la "en negro", siempre que se ofrezcan alegaciones fácticas de las que resulte la certeza probatoria, directa o indiciaria, o incluso solo la duda razonable sobre su existencia.
La máxima expresada por la Corte aclara que, en el contexto de los delitos fiscales, no es suficiente que el contribuyente sea acusado de evadir impuestos; es necesario demostrar que los costos no contabilizados contribuyeron efectivamente a la evasión. Esto implica una carga de la prueba significativa para la acusación, que debe demostrar no solo la existencia de los ingresos no declarados, sino también la correlación con los costos incurridos.
Esta sentencia tiene importantes repercusiones para los contribuyentes y para los operadores del sector fiscal. La solicitud de una demostración probatoria clara y convincente por parte de la acusación puede representar una oportunidad para los contribuyentes de defenderse de manera más eficaz contra las acusaciones de evasión fiscal. Además, la sentencia invita a una mayor atención en la gestión de la contabilidad, destacando los riesgos asociados a la contabilidad "en negro".
En conclusión, la sentencia n. 2383 de 2024 representa un importante paso adelante en la tutela de los derechos de los contribuyentes en materia de delitos fiscales. La Corte, con su decisión, ha reiterado que la carga de la prueba recae sobre la acusación, exigiendo un enfoque riguroso y bien documentado en la determinación de las violaciones fiscales. Es esencial para los contribuyentes ser conscientes de estos principios en su actividad comercial, para evitar problemas legales futuros.