La sentencia n. 28501 de 2024 representa un importante paso adelante en la comprensión de las normativas relativas al cultivo de cáñamo en Italia. La Corte abordó la cuestión de los controles efectuados en base al art. 4 de la ley n. 242 de 2016, destacando la distinción entre los controles de policía judicial y aquellos destinados a verificar la legalidad del cultivo de "cannabis sativa L".
La ley n. 242 de 2016 regula el cultivo de cáñamo para fines industriales y terapéuticos, estableciendo requisitos específicos para su legalidad. El control encomendado al Cuerpo Forestal del Estado, ahora Carabinieri forestali, tiene como objetivo principal verificar el cumplimiento de estos requisitos. La Corte aclaró que este tipo de control tiene una naturaleza diferente al control típico de la policía judicial, el cual está destinado a la recopilación de pruebas para el esclarecimiento de delitos.
Cultivo de cáñamo - Procedimiento prescrito por el art. 4 ley n. 242 de 2016 - Controles encomendados al Cuerpo Forestal del Estado - Control de policía judicial - Diversidad - Consecuencias. En materia de estupefacientes, el control encomendado, ex art. 4, párrafo 1, ley 2 de diciembre de 2016, n. 242, al Cuerpo Forestal del Estado (actualmente Carabinieri forestali), en relación con el cultivo de "cannabis sativa L", al estar destinado a verificar el cumplimiento de las condiciones en presencia de las cuales la mencionada ley establece la legalidad de dicha actividad, tiene una naturaleza diferente al control ordinario de policía, destinado a adquirir elementos de prueba para el esclarecimiento de delitos, por lo que no tiene relevancia, a efectos de la legitimidad del decomiso probatorio ejecutado en relación con el delito de cultivo ilícito de organismos vegetales de los que se puedan obtener sustancias estupefacientes, el incumplimiento, por parte de la policía judicial actuante, del procedimiento contemplado en el citado art. 4.
Las consecuencias de esta sentencia son significativas para los operadores del sector y para los ciudadanos que se dedican al cultivo de cáñamo. En particular, la Corte estableció que el incumplimiento de los procedimientos prescritos por el art. 4 no puede por sí solo justificar el decomiso probatorio en caso de cultivo ilícito. Esto implica que, para la validez de una acción policial, es fundamental que el control se realice según las modalidades establecidas por la ley, con el fin de garantizar la legalidad de la actividad agrícola.
En definitiva, la sentencia n. 28501 de 2024 ofrece un importante aclaración sobre las modalidades de control en el cultivo de cáñamo, destacando la importancia de seguir los procedimientos establecidos por la ley para evitar sanciones injustificadas. Este pronunciamiento no solo proporciona una mayor certeza jurídica a los operadores del sector, sino que también representa un paso hacia una gestión más equitativa y consciente de las normativas relativas al cáñamo en Italia.