La reciente Ordenanza n.º 17551 del 26 de junio de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes aclaraciones sobre la interpretación del artículo 19, apartado 2, letra c) del d.lgs. n.º 286 de 1998, conocido como Texto Único sobre Inmigración. Esta sentencia se centra en la protección del ciudadano extranjero conviviente con un familiar de nacionalidad italiana, destacando los requisitos necesarios para que dicha protección sea aplicable.
Según la normativa vigente, no se permite la expulsión de un ciudadano extranjero que convive con un familiar de nacionalidad italiana. Sin embargo, la sentencia aclara que la convivencia no puede entenderse de forma genérica. De hecho, la efectiva y ordinaria compartición de la vida cotidiana en la misma morada es fundamental para poder beneficiarse de dicha protección. Este aspecto es crucial, ya que no basta con que el menor esté a cargo de ambos progenitores, sino que es necesaria una real y continua cohabitación.
Convivencia - Necesidad. Lo dispuesto en el art. 19, apartado 2, letra c) del d.lgs. n.º 286 de 1998, según el cual no se permite la expulsión del ciudadano extranjero conviviente con un familiar de nacionalidad italiana, debe interpretarse en el sentido de que la convivencia debe sustanciarse en la efectiva y ordinaria compartición de la vida cotidiana en la misma morada, no siendo suficiente, en el caso de un menor, que este haya sido confiado, en sede de separación personal de los cónyuges, de forma compartida a ambos progenitores y no sea ubicado con el progenitor extranjero.
La decisión de la Corte de Casación tiene diversas implicaciones prácticas:
En definitiva, la Ordenanza n.º 17551 de 2024 representa un paso significativo en la jurisprudencia italiana en materia de inmigración y derechos familiares. Establece con claridad que la mera afiliación o la custodia compartida no son suficientes para garantizar la protección frente al riesgo de expulsión. Es esencial, por tanto, que los ciudadanos extranjeros afectados por situaciones similares comprendan la importancia de documentar y demostrar su efectiva convivencia con familiares de nacionalidad italiana.