La reciente sentencia n.º 16930 de la Corte de Casación, emitida el 20 de abril de 2023, ofrece importantes reflexiones sobre la responsabilidad penal en caso de cesión de sustancias estupefacientes y las consecuencias derivadas de dicha conducta. La Corte se pronunció sobre un caso de sobredosis que provocó la muerte de un consumidor, planteando cuestiones cruciales relativas al elemento subjetivo del delito y la culpabilidad del cedente.
En el caso que nos ocupa, A.A. fue condenado por haber cedido heroína a B.B., quien falleció por sobredosis. La Corte de Apelación de Ancona confirmó la condena, sosteniendo que A.A. no se había cerciorado de las condiciones de salud del consumidor, ya en tratamiento con metadona. Sin embargo, la Corte de Casación anuló la sentencia por vicios de motivación respecto al elemento subjetivo, destacando la necesidad de demostrar la conciencia del cedente sobre la potencial letalidad de la sustancia cedida.
En definitiva, según la Corte constitucional, no hay lugar en nuestro ordenamiento para una tercera forma de responsabilidad culpable, distinta de la dolosa o culposa.
La sentencia reitera que, para que el cedente pueda ser considerado culpable por la muerte del consumidor, debe surgir un nexo causal concreto entre su conducta y el evento letal. La Corte subrayó que la culpa debe ser valorada en concreto y no en abstracto, teniendo en cuenta factores como:
En el caso específico, la Corte destacó la falta de pruebas relativas a la conciencia de A.A. sobre el grado de pureza de la heroína y la situación clínica de B.B., elementos fundamentales para atribuir la responsabilidad penal.
Esta sentencia de la Casación pone de relieve la importancia de un análisis cuidadoso del contexto en el que se produce la cesión de sustancias estupefacientes. La responsabilidad penal no puede considerarse automáticamente en caso de eventos trágicos como las sobredosis, sino que requiere una evaluación exhaustiva de la conducta del cedente y de su estado mental en el momento de la cesión. La Corte dispuso, por tanto, un reenvío para un nuevo juicio, a fin de que se puedan examinar más a fondo los elementos de culpa y la conciencia del imputado. La importancia de este principio es crucial para garantizar que la justicia se administre de manera equitativa y conforme a los principios del derecho penal.