La reciente sentencia n. 36766 del 28 de abril de 2023, publicada el 5 de septiembre de 2023 por la Corte de Casación, ofrece importantes reflexiones sobre las dinámicas procesales en caso de anulación de sentencias por inobservancia de normas procesales. En particular, la Corte ha abordado el tema de la inutilizabilidad de la prueba y la posibilidad de su renovación en el juicio de reenvío.
En el caso específico, la Corte anuló una decisión de condena por la considerada inutilizabilidad de las declaraciones de un colaborador de justicia, adquiridas en violación del artículo 238, apartado 4, del Código de Procedimiento Penal. Según el principio establecido por el artículo 606, apartado 1, letra c), del Código de Procedimiento Penal, la Corte ha determinado que, en el juicio de reenvío, el juez tiene la facultad de renovar la prueba declarativa previamente considerada inutilizable.
Anulación a tenor del art. 606, apartado 1, letra c), del Código de Procedimiento Penal - Inutilizabilidad de la prueba - Posibilidad para el juez de reenvío de renovar la prueba - Existencia - Supuesto de hecho. En el juicio de reenvío a raíz de una anulación por inobservancia de normas procesales establecidas con pena de inutilizabilidad, no existe limitación de los poderes instructores del juez, que, por lo tanto, puede proceder a la integración probatoria mediante la renovación de aquella misma prueba declarativa considerada inutilizable en el juicio rescisorio y respecto a la cual se había enunciado el principio de derecho que fundamenta la decisión de anulación. (Supuesto de hecho en el que la Corte había anulado la decisión de condena por la considerada inutilizabilidad de las declaraciones acusatorias de un colaborador de justicia, prestadas en distinto procedimiento y adquiridas en violación de lo dispuesto en el art. 238, apartado 4, del Código de Procedimiento Penal).
Esta sentencia es fundamental para comprender los límites y las oportunidades que se presentan al juez en sede de reenvío. La interpretación proporcionada por la Corte de Casación aclara que no existe una limitación de los poderes instructores del juez, quien puede integrar las pruebas declarativas. Esto significa que, en caso de anulación por inobservancia de normas procesales, es posible renovar la prueba declarativa considerada inutilizable, a condición de que el nuevo examen se realice respetando los derechos de defensa y las garantías procesales.
En conclusión, la sentencia n. 36766 de 2023 de la Corte de Casación representa un importante paso adelante en la tutela de los derechos procesales. Confirma la posibilidad de renovar las pruebas declarativas en el juicio de reenvío, eliminando así las limitaciones que podrían comprometer el esclarecimiento de la verdad. Esta decisión se enmarca en la jurisprudencia que busca garantizar un proceso justo, como también prevé el Convenio Europeo de Derechos Humanos. La claridad con la que la Corte ha abordado la cuestión de la inutilizabilidad de las pruebas contribuirá a delinear un marco procesal más equitativo y respetuoso de los derechos de todas las partes implicadas.