El reciente pronunciamiento de la Corte de Casación, con la sentencia n.º 36011 del 12 de julio de 2023, proporciona importantes aclaraciones sobre la configurabilidad del concurso de agravantes especiales y comunes en el ámbito penal. En particular, la Corte ha examinado la relación entre la agravante especial del parentesco de paternidad, prevista en el artículo 609-ter, párrafo primero, n.º 1) del Código Penal, y la agravante común del abuso de relaciones domésticas, prevista en el artículo 61, párrafo primero, n.º 11) del Código Penal. Este artículo tiene como objetivo aclarar los puntos clave de dicha sentencia y sus implicaciones legales.
La sentencia en cuestión se enmarca en un contexto jurídico complejo, en el que el derecho penal italiano se enfrenta a cuestiones de gran relevancia social, como la violencia doméstica y el abuso de relaciones familiares. El artículo 609-ter del Código Penal, relativo a los delitos de violencia sexual, prevé específicas agravantes relacionadas con la relación entre el perpetrador y la víctima. Del mismo modo, el artículo 61 del Código Penal establece agravantes comunes en caso de abuso de relaciones domésticas.
Agravante especial del parentesco de paternidad de conformidad con el artículo 609-ter, párrafo primero, n.º 1), del Código Penal - Agravante común del abuso de relaciones domésticas de conformidad con el artículo 61, párrafo primero, n.º 11), del Código Penal - Concurso - Configurabilidad - Razones. Es posible configurar el concurso de la agravante especial del parentesco de paternidad, prevista en el artículo 609-ter, párrafo primero, n.º 1), del Código Penal, con la agravante común del abuso de relaciones domésticas, prevista en el artículo 61, párrafo primero, n.º 11), del Código Penal, debiéndose excluir, en razón de la diversidad de la "ratio", de la naturaleza y del fundamento de las mismas, la existencia de un concurso aparente de normas, con la consiguiente operatividad del criterio de absorción.
La sentencia n.º 36011 de 2023 aclara que las dos agravantes, si bien ambas son aplicables en el contexto de delitos familiares, no se excluyen mutuamente. De hecho, la Corte ha establecido que, dada la diversidad de su "ratio", es posible configurar un concurso entre las dos agravantes. Esto representa un importante paso adelante en la protección de las víctimas de violencia doméstica, ya que permite una mayor severidad en las penas impuestas a quienes cometen tales delitos.
En conclusión, la sentencia n.º 36011 de 2023 representa un importante precedente jurídico en el campo del derecho penal, en particular en lo que respecta a los delitos de violencia doméstica. La configurabilidad del concurso entre las agravantes especiales y comunes no solo ofrece una mayor protección a las víctimas, sino que también aclara las modalidades de aplicación de las normas penales. Es fundamental que el sistema jurídico continúe evolucionando en esta dirección, para garantizar que la justicia se alcance efectivamente en casos de violencia en el ámbito familiar.