La sentencia n.º 35682 del 23 de mayo de 2023, dictada por la Corte de Casación, introduce modificaciones significativas en la interpretación de las medidas alternativas a la detención para los condenados por delitos que impiden el acceso a beneficios penitenciarios de primera categoría. En un contexto jurídico en continua evolución, esta decisión se enmarca en las recientes reformas legislativas, en particular las introducidas por el decreto ley n.º 162 de 2022.
El artículo 4-bis del ordenamiento penitenciario ha sufrido modificaciones sustanciales, que impactan directamente en la evaluación de las medidas alternativas. Antes de estas reformas, la colaboración con la autoridad judicial era un requisito fundamental para el acceso a dichas medidas. Sin embargo, la sentencia en cuestión establece que, tras las modificaciones legislativas, la colaboración ya no es un elemento decisivo.
En particular, la Corte precisa que la presunción de mantener vínculos con la organización criminal se considera ahora relativa. Esto significa que el juez tiene la tarea de examinar el recorrido reeducativo del condenado, evaluando la ausencia de vínculos con la delincuencia organizada, tanto actuales como potenciales.
01 Presidente: ROCCHI GIACOMO. Ponente: ALIFFI FRANCESCO. Relator: ALIFFI FRANCESCO. Imputado: CATARISANO GIUSEPPE. P.M. PASSAFIUME SABRINA. (Diff.) Anula con reenvío, TRIBUNAL DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE GENOVA, 07/09/2022 563000 INSTITUTOS DE PREVENCIÓN Y PENALES (ORDENAMIENTO PENITENCIARIO) - Medidas alternativas a la detención - Condenados por delitos que impiden el acceso a beneficios penitenciarios de primera categoría - Modificaciones del art. 4-bis ord. pen. con d.l. n.º 162 de 2022 - Falta de colaboración del condenado - Irrelevancia - Presunción relativa de vínculos con la asociación criminal - Poderes de instrucción del juez ex art. 4-bis, párrafo 2, ord. pen. - Evaluación del recorrido reeducativo y de la ausencia de vínculos con la delincuencia - Necesidad.
Esta transformación tiene un impacto significativo en el sistema penal y en las posibilidades de acceso a medidas alternativas. Los jueces, ahora dotados de ampliados poderes de instrucción, deben evaluar de manera más profunda y completa el recorrido de reinserción social del condenado. Las implicaciones son múltiples:
La sentencia n.º 35682 de 2023 representa un punto de inflexión importante en el tratamiento de los condenados por delitos que impiden el acceso a beneficios penitenciarios. La modificación de la presunción de vínculo con la delincuencia organizada y el énfasis en la evaluación del recorrido reeducativo ofrecen una nueva perspectiva para los sujetos implicados. La Corte de Casación, por lo tanto, no solo ha puesto de relieve la importancia de la reeducación, sino que también ha reafirmado el papel central del juez en la evaluación de las medidas alternativas, promoviendo un enfoque más humano y contextualizado.