La reciente providencia n.º 33147 del 10 de noviembre de 2022 de la Corte de Casación ofrece importantes reflexiones sobre las delicadas cuestiones relacionadas con la custodia y la responsabilidad parental. En particular, la sentencia se centra en el caso de F.F., una menor que ha vivido un largo proceso de acogimiento familiar, poniendo de relieve los problemas asociados a la decadencia de la responsabilidad parental y la naturaleza temporal del acogimiento.
El procedimiento se inició con el acogimiento familiar de F.F. en C.C. y D.D., tras dificultades económicas y sociales de los padres biológicos, A.A. y B.B. La Corte de Casación tuvo que evaluar si la decadencia de la responsabilidad parental estaba justificada. La Corte de Apelación de Ancona había confirmado dicha decadencia, considerando que los padres habían descuidado sus deberes, causando un grave perjuicio a la menor.
La decadencia de la responsabilidad parental presupone la violación o el descuido de los deberes por parte de los padres con grave perjuicio para el hijo menor.
La Casación admitió el recurso de los padres biológicos, destacando que no se habían especificado comportamientos concretos que justificaran la decadencia de la responsabilidad. Se puso de manifiesto que las dificultades económicas y las precarias condiciones de vida habían llevado inicialmente al acogimiento consensuado, pero los padres siempre se habían mostrado disponibles a mantener el contacto con su hija.
Además, la Corte reiteró un principio jurisprudencial consolidado: las dificultades económicas o psicológicas de los padres no pueden justificar la privación del derecho del menor a crecer en su propia familia. La sentencia puso de relieve la importancia de una intervención adecuada por parte de los servicios sociales, cuyo papel es crucial para garantizar el bienestar del menor durante el proceso de acogimiento.
La sentencia de la Casación sobre el caso de F.F. representa una importante reflexión sobre las dinámicas familiares y el interés superior del menor. La Corte subrayó que la responsabilidad parental no puede ser revocada sin una evaluación exhaustiva de las conductas parentales y de las dificultades objetivas. La referencia a la necesidad de intervenciones adecuadas por parte de los servicios sociales evidencia aún más la importancia de un apoyo constante a las familias en dificultades, para que puedan superar sus problemas y garantizar un entorno sano y protector para sus hijos.