La sentencia del Tribunal Supremo de Casación n. 15231 del 28 de marzo de 2017 se pronunció sobre un caso de particular relevancia para la profesión del asesor fiscal, examinando la responsabilidad penal relacionada con la inducción a error de un cliente. La Corte confirmó la condena de R.P., asesor fiscal de la sociedad "Diva Center s.r.l.", por haber inducido a error a su cliente C.B. respecto a un crédito fiscal inexistente.
El caso se inició con la condena del Tribunal de Teramo, que reconoció a R.P. culpable de haber proporcionado información engañosa a C.B., induciéndola a presentar modelos fiscales (F23 y F24) para compensar una deuda de IVA nunca existente. El recurrente impugnó la decisión, invocando la falta de un mandato específico por parte de C.B. y sosteniendo que no había obtenido ningún beneficio de su conducta.
La Corte destacó que la responsabilidad del asesor fiscal no puede considerarse exclusivamente en base a la figura profesional, sino que debe tener en cuenta el comportamiento que indujo al cliente a error.
La Casación aclaró que, en el juicio de legalidad, no se permite revisar los elementos de hecho ya examinados en sede de mérito. R.P. planteó objeciones relativas a la motivación, pero la Corte consideró que estas parecían manifiestamente infundadas. Se subrayó cómo la condena estaba respaldada por un recorrido argumentativo sólido, basado en evidencias objetivas y no en ilogicidades manifiestas.
Esta sentencia tiene importantes implicaciones para los profesionales del sector. Subraya la importancia de un comportamiento ético y profesional, destacando que el asesor fiscal debe siempre actuar con diligencia y transparencia hacia sus clientes. La inducción a error no solo conlleva consecuencias penales, sino que también puede dañar irreparablemente la reputación profesional.
La sentencia n. 15231 de 2017 representa una advertencia para todos los profesionales del sector: la integridad y la responsabilidad son valores imprescindibles. La Corte reiteró que todo profesional debe ser consciente de sus acciones y de sus consecuencias, no solo en el plano legal, sino también en el ético y profesional.