La sentencia n. 25868 del 20 de febrero de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante ocasión de reflexión sobre los límites de la presentación de escritos de alegaciones en el juicio de impugnación. En particular, la Corte ha reiterado que los escritos de defensa no pueden contener quejas adicionales a las ya formuladas en el recurso de apelación. Este principio es esencial para garantizar la certeza del derecho y el respeto de los procedimientos legales.
En el derecho procesal penal italiano, la posibilidad de presentar escritos de alegaciones durante el juicio de impugnación se rige por el artículo 585 del código de procedimiento penal. Dicha norma establece que las partes pueden exponer sus argumentos, pero deben hacerlo dentro de los límites fijados por los plazos para impugnar, evitando introducir nuevas quejas. La Corte ha especificado que los escritos de alegaciones deben servir para apoyar los temas ya tratados en el recurso, sin ampliar la discusión a cuestiones no planteadas previamente.
Juicio de impugnación - Facultad de presentar escritos de alegaciones - Límites - Quejas distintas a las propuestas con el recurso de apelación - Admisibilidad - Exclusión - Supuesto de hecho. En el juicio de impugnación, la facultad de la parte de presentar escritos de alegaciones no puede superar las preclusiones fijadas por los plazos para impugnar y por los concedidos para la presentación de motivos nuevos conforme al art. 585, párrafos 1, 4 y 5, del código de procedimiento penal, de modo que el escrito de defensa no puede contener quejas adicionales y distintas a las propuestas con el recurso de apelación o con los motivos añadidos, sino que solo puede apoyar, con detalle y argumentos más precisos, los temas ya planteados con el medio de impugnación propuesto. (En aplicación del principio, la Corte ha excluido la alegada falta de motivación sobre el escrito de defensa depositado en la audiencia de discusión, que contenía la solicitud de reconocimiento de las atenuantes genéricas, al no poder considerarse el mismo un desarrollo de los motivos de impugnación originarios, relativos a la responsabilidad penal y a la cuantificación de la pena).
La resolución de la Corte tiene una notable relevancia práctica, ya que aclara que los abogados deben prestar especial atención a los plazos y contenidos de los escritos presentados en apelación. Las preclusiones temporales y de contenido son fundamentales para evitar que el derecho de defensa se vea comprometido por argumentos no admisibles. Por lo tanto, es esencial que los escritos de alegaciones se redacten con una clara y precisa adhesión a los motivos de impugnación originales.
En conclusión, la sentencia n. 25868 de 2024 subraya la importancia de respetar los límites establecidos por la ley en el contexto del juicio de impugnación. La posibilidad de presentar escritos de defensa debe ejercerse con cautela y conciencia, para garantizar que los argumentos sean no solo pertinentes, sino también admisibles. Este principio no solo protege el derecho de defensa, sino que también contribuye a la corrección y transparencia del proceso judicial.