El 29 de julio de 2024, la Corte di Cassazione emitió la auto n. 21105, que aborda un tema de gran relevancia en el ámbito de las operaciones bancarias: la responsabilidad de los intermediarios en caso de transferencias ejecutadas con un código IBAN erróneo. Esta sentencia se enmarca en el contexto normativo previsto por el d.lgs. n. 11 de 2010, de transposición de la directiva europea 2007/64/CE, poniendo el acento en la importancia del IBAN como filtro para determinar la responsabilidad en las operaciones de pago.
La Corte ha aclarado que el IBAN, al ser un código identificativo único, desempeña una función crucial en la determinación de la correcta atribución de responsabilidad. En particular, el art. 25 del d.lgs. n. 11 de 2010 establece que:
CONCEPTOS, CARACTERÍSTICAS, DISTINCIONES - OBLIGACIONES DEL BANCO Operaciones de pago realizadas a través de instrumentos electrónicos - Transferencia bancaria - Ejecución conforme al código identificativo único (IBAN) - Responsabilidad del intermediario bancario - Exclusión - Irrelevancia de las indicaciones adicionales proporcionadas por el ordenante. En materia de pagos realizados mediante transferencia bancaria, el art. 25 del d.lgs. n. 11 de 2010 - de transposición de la directiva 2007/64/CE relativa a los servicios de pago en el mercado interior - atribuye al IBAN la función de filtro para determinar los casos en que la responsabilidad de la ejecución incorrecta o inexacta es atribuible al usuario y aquellos en que debe determinarse cuál de los intermediarios involucrados en el procedimiento ha causado el mal funcionamiento de la operación, con la consecuencia de que si un pago resulta ejecutado según un IBAN erróneamente indicado por el solvens, no existe responsabilidad de los intermediarios que han participado en la operación (aunque estos tengan la obligación de activarse y colaborar para la recuperación de las sumas), independientemente del hecho de que la orden contenga información adicional para identificar al beneficiario y/o su cuenta de crédito.
Esta sentencia tiene importantes implicaciones para los usuarios de los servicios bancarios, ya que aclara que la responsabilidad en caso de ejecución de una transferencia no puede ser automáticamente atribuida a los intermediarios bancarios si el pago se ha realizado basándose en un IBAN erróneo proporcionado por el ordenante. Por lo tanto, es fundamental que quien realiza una transferencia verifique cuidadosamente el código IBAN antes de proceder a la operación.
En conclusión, la auto n. 21105 de 2024 ofrece una importante aclaración sobre la responsabilidad de los bancos en caso de errores en las transferencias. La jurisprudencia reitera la necesidad de un uso correcto del IBAN y subraya la importancia de la responsabilidad individual en el ámbito de las operaciones bancarias. Los usuarios deben ser conscientes de que la correcta indicación del código IBAN es fundamental para evitar malentendidos y problemas en la gestión de los pagos.