La reciente Sentencia n.º 17091 del 31 de enero de 2024 del Tribunal de Casación, con la que se aborda la cuestión de la inobservancia del plazo de diez días para la notificación del aviso de audiencia, se erige como un importante referente para el derecho penal italiano. En particular, el Tribunal ha establecido que esta inobservancia determina una nulidad a régimen intermedio, que debe ser alegada dentro de los plazos específicos previstos por la normativa. Este artículo se propone analizar los puntos clave de la sentencia y sus implicaciones prácticas.
El caso examinado por el Tribunal se refiere a un procedimiento de ejecución, en el que se ha puesto de relieve el respeto de los plazos de notificación previstos por el Nuevo Código de Procedimiento Penal. La sentencia aclara que el plazo de diez días libres, previsto en el art. 666, apartado 3, es fundamental para garantizar el derecho de defensa de las partes implicadas. La inobservancia de este plazo no determina una nulidad absoluta, sino una nulidad a régimen intermedio, como se especifica en la máxima de la sentencia:
Plazo de diez días entre la notificación del aviso y la celebración de la audiencia - Inobservancia - Consecuencias - Nulidad a régimen intermedio - Existencia. En materia de procedimiento de ejecución, la inobservancia del plazo de diez días libres para el aviso a las partes y a los defensores del día de la audiencia determina una nulidad a régimen intermedio, que debe ser alegada dentro de los plazos de que trata el art. 182, apartado 2, cod. proc. pen., y no una nulidad absoluta, ya que esta última deriva de la citación omitida.
Esta distinción es crucial: la nulidad a régimen intermedio no comporta la invalidez automática del procedimiento, sino que requiere que las partes interesadas planteen la excepción dentro de los plazos previstos, como se establece en el art. 182, apartado 2, del código de procedimiento penal.
Las implicaciones de esta sentencia son múltiples y afectan no solo a los profesionales del derecho, sino también a los ciudadanos implicados en procedimientos penales. He aquí algunos puntos clave a considerar:
La Sentencia n.º 17091 de 2024 representa una importante reflexión sobre los derechos de las partes en los procedimientos penales y sobre la necesidad de observar escrupulosamente los plazos de notificación. No solo aclara el régimen de la nulidad en caso de inobservancia, sino que también invita a los operadores del derecho a garantizar un adecuado respeto de los procedimientos, en beneficio del sistema jurídico en su conjunto. La jurisprudencia continúa siendo un faro para la interpretación de las normas y para la tutela de los derechos fundamentales en el contexto penal.