La sentencia n. 27411 de 2021 de la Corte de Casación representa una importante intervención sobre la responsabilidad civil de las entidades públicas, en particular en contextos escolares. El caso se refería a la solicitud de indemnización por parte de los herederos por la muerte de una niña con discapacidad ocurrida durante el horario escolar, debido a un presunto comportamiento negligente del personal escolar y del asistente social. Analicemos los puntos clave de la decisión y sus implicaciones legales.
La Corte de Apelación había confirmado inicialmente la decisión del Tribunal de Macerata que había desestimado la demanda de indemnización, considerando que no había habido negligencia en la llamada a los servicios de emergencia y que, en cualquier caso, una asistencia rápida no habría salvado la vida de la niña. Sin embargo, las recurrentes impugnaron dicha decisión, alegando la ilogicidad de la motivación y la contradicción de las afirmaciones.
Las recurrentes presentaron varios motivos de recurso, entre ellos:
La motivación de la sentencia recurrida resulta meramente aparente y totalmente genérica.
La Corte de Casación admitió el recurso, subrayando la anomalía motivacional de la sentencia recurrida. En particular, se destacó la contradicción entre el tiempo efectivo transcurrido para la llamada a los servicios de emergencia y la conclusión de que dicho retraso no habría podido influir en el trágico resultado. La Casación recordó que, según el dictamen pericial, una llamada rápida al 118 podría haber salvado la vida de la niña.
Esta sentencia tiene importantes implicaciones en lo que respecta a la responsabilidad civil de las entidades públicas, ya que reitera la necesidad de una motivación clara y coherente en las decisiones de mérito. Además, subraya la importancia de la prontitud en la intervención en situaciones de emergencia, especialmente cuando se trata de sujetos vulnerables como los menores con discapacidad. La Casación ha aclarado que los sujetos responsables, en este caso el personal escolar y el asistente social, deben actuar de manera diligente para garantizar la seguridad de los niños.
En conclusión, la sentencia Cas. civ., Sez. III, Ord. n. 27411/2021, ofrece una importante reflexión sobre la responsabilidad civil en el ámbito escolar y sobre la obligación de garantizar un entorno seguro para todos los estudiantes. La decisión de la Corte de Casación no solo acoge las peticiones de las recurrentes, sino que también establece un precedente significativo para futuras controversias legales en materia de responsabilidad de las entidades públicas.