La reciente sentencia n. 28657 del 5 de julio de 2024, depositada el 17 de julio de 2024, ha suscitado un amplio debate entre juristas y operadores del derecho en relación con la cuestión de la punibilidad en la contravención de conducir sin carné. Analicemos juntos el contenido de esta importante decisión.
El artículo 116 del Código de Circulación regula diversos aspectos relacionados con la conducción sin carné, estableciendo las condiciones en las que dicha conducta puede ser sancionada. En particular, el apartado 15 prevé que la conducción sin carné adquiere relevancia penal solo en caso de reincidencia en el plazo de dos años. Esta previsión jurídica es fundamental para comprender las razones que llevaron a la Corte de Casación a excluir la aplicabilidad de la causa de no punibilidad por escasa entidad del hecho.
Causa de no punibilidad por escasa entidad del hecho - Aplicabilidad a la contravención de conducir sin carné - Exclusión - Razones. La causa de exclusión de la punibilidad por escasa entidad del hecho no es aplicable a la contravención de conducir sin carné, al carecer de ella el requisito prescrito de no habitualidad del comportamiento, dado que la conducta adquiere relevancia penal, a tenor del art. 116, apartado 15, del Código de Circulación, solo en caso de reincidencia en el plazo de dos años.
Esta máxima pone de relieve un principio fundamental: la escasa entidad del hecho, que puede excluir la punibilidad, no se aplica si el imputado ya ha tenido comportamientos similares en el pasado. En otras palabras, quien conduce sin carné no puede invocar la causa de no punibilidad si no puede demostrar que dicha conducta no es habitual.
La sentencia ofrece importantes puntos de reflexión sobre las consecuencias para los conductores que se encuentran en la situación de tener que afrontar una acusación de conducir sin carné. Las implicaciones prácticas pueden resumirse en los siguientes puntos:
En resumen, la Corte de Casación ha reiterado que la conducción sin carné no puede considerarse un hecho de escasa entidad si se produce en un contexto de reincidencia. Esta claridad jurídica es fundamental para garantizar una correcta aplicación de las normas y para disuadir comportamientos irresponsables en la carretera.
En conclusión, la sentencia n. 28657 de 2024 representa un importante paso adelante en la definición de los límites de la punibilidad para la contravención de conducir sin carné. La jurisprudencia se orienta hacia una mayor severidad frente a quienes cometen infracciones repetidamente, subrayando la necesidad de garantizar la seguridad vial y reducir los comportamientos ilícitos. Los operadores del derecho deben tener en cuenta estas indicaciones para ofrecer una asesoría adecuada a sus asistidos.