El reciente Auto n. 19806 del 17 de julio de 2024 del Tribunal de Casación representa una importante intervención en materia de indemnización por daños derivados de obras de utilidad pública. En esta sede, el Tribunal ha reiterado algunos principios fundamentales relativos a la prescripción del derecho a la indemnización, aclarando el inicio del plazo y sus implicaciones para los propietarios de inmuebles que sufren daños permanentes.
El art. 44 del d.lgs. n. 327 de 2001 establece las modalidades de indemnización para los propietarios de inmuebles que sufren daños permanentes a causa de la realización de obras de utilidad pública. El Tribunal de Casación, con su auto, ha subrayado que dicha indemnización es reconducible a una actividad lícita que produce una "deminutio" permanente, afectando las posibilidades de disfrute del bien por parte del propietario.
La indemnización de la que trata el art. 44 del d.lgs. n. 327 de 2001 - que corresponde al propietario del inmueble que sufre un daño permanente como consecuencia de la realización de una obra de utilidad pública - integra una indemnización por una actividad lícita que produce una "deminutio" permanente que repercute en una o más de las posibilidades de disfrute del bien, con la consecuencia de que el derecho relativo prescribe en el plazo de diez años, a partir de cuando el particular comienza a sufrir el perjuicio o desde el momento del inicio de la operatividad de la obra pública.
Un aspecto crucial surgido de la sentencia es la cuestión del inicio de la prescripción. El Tribunal ha aclarado que el derecho a la indemnización prescribe en diez años, a partir del momento en que el particular comienza a sufrir el perjuicio o desde la apertura de la obra al tránsito público. Este principio es fundamental para los propietarios de inmuebles, ya que establece un plazo claro dentro del cual deben ejercer su derecho.
En conclusión, el auto n. 19806 de 2024 aclara de manera significativa las modalidades de indemnización por los daños sufridos a causa de obras públicas, estableciendo un plazo de prescripción claro y definido. Esta intervención del Tribunal de Casación ofrece mayor certeza a los propietarios de inmuebles y representa un paso importante hacia la tutela de los derechos de los ciudadanos en relación con las obras de utilidad pública. Los interesados deben prestar atención a estos aspectos para garantizar el correcto ejercicio de sus derechos.