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La deducibilidad de los gastos legales en la defensa penal: comentario sobre la ordenanza n. 9910 de 2024. | Bufete de Abogados Bianucci

La deducibilidad de los gastos legales en la defensa penal: comentario a la providencia n. 9910 de 2024

Recientemente, la providencia n. 9910 del 11 de abril de 2024 ha atraído la atención de los operadores jurídicos y de las empresas. La cuestión central se refiere a la deducibilidad de los gastos legales en que incurren las sociedades para la defensa de sus administradores en procedimientos penales. Este tema es de fundamental importancia, ya que afecta directamente a la gestión de los recursos empresariales y a las consecuencias fiscales para las empresas.

El contenido de la providencia

Según lo establecido por la Corte, los gastos legales no son deducibles a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas (I.R.P.E.F.). La Corte ha subrayado que, para ser considerados deducibles, los gastos deben estar relacionados con una actividad que pueda generar beneficios. Este principio se basa en el artículo 109 del D.P.R. n. 917 de 1986, el cual establece que la deducibilidad de los gastos está subordinada a su inherencia a la actividad empresarial.

Gastos por defensa penal de órganos societarios - Deducibilidad - Exclusión - Fundamento. En materia de impuestos sobre la renta, los gastos legales, en que incurre la sociedad contribuyente para la defensa de sus administradores en un procedimiento penal, no son deducibles ya que, a efectos de la inherencia a la actividad empresarial, como presupuesto de la deducibilidad ex art. 109 del d.P.R. n. 917 de 1986, no es suficiente que el coste sea consecuencia genérica del ejercicio de la empresa, sino que es necesaria su correlación con una actividad potencialmente idónea para producir beneficios.

Implicaciones para las empresas

Esta decisión tiene diversas implicaciones para las empresas, entre ellas:

  • Limitación de la posibilidad de deducir gastos legales, aumentando la carga fiscal sobre las sociedades.
  • Necesidad de una evaluación cuidadosa de los gastos legales y de su pertinencia respecto a la actividad empresarial.
  • Posible reducción de la propensión de las empresas a contratar administradores o directivos, debido a la ineficiencia fiscal asociada a la defensa legal.

Además, esta sentencia podría influir en las estrategias de defensa legal de las empresas, impulsándolas a considerar alternativas para reducir los costes legales y a reconsiderar sus estructuras organizativas.

Conclusiones

En conclusión, la providencia n. 9910 de 2024 representa una importante aclaración sobre la deducibilidad de los gastos legales en el contexto de la defensa penal para las sociedades. Las empresas deben ser conscientes de estas restricciones y revisar sus políticas fiscales y de gestión de riesgos. Conocer la normativa vigente y las resoluciones jurisprudenciales es fundamental para una correcta planificación fiscal y una gestión óptima de los recursos empresariales.

Bufete de Abogados Bianucci