La sentencia n.º 30702 del 16 de abril de 2024 de la Corte de Casación se enmarca en un contexto jurídico de gran relevancia, en el que se aborda la cuestión de los beneficios penitenciarios y su aplicación en relación con las modificaciones legislativas. Esta resolución establece un principio claro: las modificaciones legislativas que dificultan el acceso a los beneficios penitenciarios no pueden aplicarse retroactivamente, protegiendo así los derechos de los condenados.
El principio de irretroactividad de las leyes penales está consagrado en el art. 25, segundo párrafo, de la Constitución italiana, que establece que nadie puede ser castigado con una ley que no estuviera vigente en el momento de la comisión del delito. El Tribunal Constitucional ha interpretado este principio de forma extensiva, afirmando que no solo las disposiciones penales, sino también las que regulan los beneficios penitenciarios deben respetar este principio.
El caso examinado por la Corte se refería a un recluso, V. R., que había presentado una solicitud de admisión a la semilibertad. Las modificaciones legislativas ocurridas después de la comisión del delito habían endurecido el acceso a dichos beneficios. La Corte confirmó así que, de acuerdo con la sentencia n.º 32 de 2020, las nuevas disposiciones no pueden aplicarse retroactivamente.
Beneficios penitenciarios - Modificaciones legislativas posteriores a los delitos por los que ha habido condena - Irretroactividad de las nuevas disposiciones que dificultan el acceso a los beneficios - Caso. En materia de régimen penitenciario, las modificaciones legislativas posteriores a los hechos por los que ha habido condena que dificultan el acceso a las medidas alternativas a la detención y a los beneficios penitenciarios "extra moenia", sometiendo al condenado a un tratamiento más severo del que era razonablemente previsible en el momento de la comisión del delito, no pueden tener aplicación retroactiva, a la luz de la interpretación del art. 25, segundo párrafo, de la Constitución adoptada por el Tribunal Constitucional con la sentencia n.º 32 de 2020. (Caso relativo a una solicitud de admisión a la semilibertad presentada por un recluso por hechos cometidos bajo la vigencia de las disposiciones introducidas por el d.l. 13 de mayo de 1991, n.º 152, convertido, con modificaciones, por la ley 12 de julio de 1991, n.º 203, en el que la Corte consideró inaplicables las posteriores modificaciones legislativas, en concreto perjudiciales en relación con la situación individual del solicitante).
Esta resolución tiene, por tanto, importantes consecuencias para el sistema penitenciario italiano. Entre las principales se pueden enumerar:
En conclusión, la sentencia n.º 30702 de 2024 representa un paso importante en la protección de los derechos de los condenados, subrayando la importancia del respeto al principio de irretroactividad de las leyes penales. Este principio no solo garantiza una mayor protección para los reclusos, sino que también contribuye a mantener un sistema jurídico justo y predecible. Es fundamental que las futuras modificaciones legislativas tengan en cuenta estos principios, para evitar comprometer los derechos fundamentales consagrados por nuestra Constitución.