La sentencia n.º 19498 del 16 de julio de 2024 de la Corte de Casación ofrece importantes reflexiones en materia de prescripción de las servidumbres prediales. Esta decisión ha aclarado que el acto de requerimiento de pago no es un acto idóneo para interrumpir el plazo de prescripción establecido por el art. 1073 del Código Civil, suscitando interrogantes sobre la eficacia de tales actos en el contexto de la tutela de los derechos reales.
El caso en cuestión involucró a D. (O.) y F. (K.), con la Corte de Apelación de Brescia que inicialmente había considerado que un acto de requerimiento de pago podía interrumpir la prescripción de la servidumbre de no edificar. Sin embargo, la Corte de Casación casó dicha sentencia, estableciendo que el requerimiento de pago, al ser solo una intimación a cumplir, no inicia ningún juicio ni proceso ejecutivo.
Servidumbres - Prescripción del derecho - Acto de requerimiento de pago - Idoneidad para interrumpir el no uso del derecho - Exclusión - Fundamento - Supuesto de hecho. En materia de extinción por prescripción de las servidumbres prediales, el requerimiento de pago no es un acto idóneo para interrumpir el plazo de veinte años establecido por el art. 1073 c.c., ya que contiene solo una intimación a cumplir y no está dirigido a la instauración ni de un juicio ni del proceso ejecutivo. (En el caso específico, la S.C. casó la sentencia de mérito que había considerado acto idóneo para interrumpir la prescripción de la servidumbre de no edificar la notificación del acto de requerimiento de pago de la orden de demolición efectuada a raíz del reconocimiento de la predicha servidumbre intervenido con sentencia firme).
Esta sentencia tiene importantes implicaciones para los sujetos involucrados en controversias relativas a las servidumbres prediales. En particular, subraya que los actos de requerimiento de pago no pueden ser utilizados como instrumentos para interrumpir la prescripción del derecho. Por lo tanto, es fundamental que los titulares de servidumbres sean conscientes de las modalidades idóneas para tutelar sus derechos, evitando basarse en actos que no producen el efecto jurídico deseado.
En conclusión, la sentencia n.º 19498 de 2024 representa un importante punto de referencia en la jurisprudencia italiana, aclarando un aspecto crucial de la disciplina de las servidumbres prediales. Es esencial que los profesionales del sector legal y los ciudadanos comprendan estas dinámicas para una correcta gestión de los derechos reales y una protección adecuada de los intereses involucrados.