La reciente sentencia del Tribunal Supremo (Cass. pen., Sez. VI, Sent., n. 16979 del 23/04/2024) ofrece importantes reflexiones sobre la materia de las estafas relacionadas con subvenciones públicas, en particular aquellas destinadas a apoyar a las empresas durante la emergencia sanitaria. La decisión consideró no existente el agravante de estafa agravada contra A.A., administrador de una sociedad que percibió ayudas a fondo perdido, aclarando las líneas divisorias entre los delitos de estafa y de percepción indebida de subvenciones públicas.
El Tribunal de Nápoles había confirmado la aplicación del arresto domiciliario contra A.A., imputándole la percepción indebida de subvenciones públicas, en base al art. 316-ter del código penal. Sin embargo, el Ministerio Fiscal sostuvo que la conducta de A.A. debía calificarse como estafa agravada según el art. 640-bis del código penal, ya que se habrían utilizado ardides para inducir a error a la Agencia Tributaria.
El Tribunal aclaró que la percepción indebida de subvenciones públicas no constituye automáticamente el delito de estafa agravada, a menos que existan elementos específicos de inducción a error del organismo pagador.
El Tribunal acogió el recurso de A.A., declarando inadmisible el del Ministerio Fiscal. En particular, el Tribunal subrayó que la conducta de A.A. se encuadra correctamente en el ámbito de la percepción indebida de subvenciones públicas, ya que la Agencia Tributaria, según la normativa vigente, no realiza un control preventivo sobre la autocertificación del solicitante.
Además, el Tribunal destacó que el agravante relativo a los intereses financieros de la Unión Europea no podía aplicarse en el caso específico, ya que las subvenciones percibidas no lesionan el patrimonio de la Unión, sino solo el del Estado italiano.
Esta sentencia del Tribunal Supremo representa una importante aclaración en el contexto de las subvenciones públicas y las responsabilidades penales correspondientes. La distinción entre percepción indebida y estafa agravada es fundamental para comprender el alcance de las normativas vigentes y las consecuencias legales para las empresas. Es crucial que las empresas comprendan los riesgos ligados a declaraciones mendaces, pero la sentencia nos recuerda que la aplicación de las normas debe realizarse con rigor y sin extensiones analógicas que puedan perjudicar injustamente al individuo.