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Adopción de recién nacidos y pernoctación: Guía y consulta legal en Milán
Avv. Marco Bianucci

Avv. Marco Bianucci

Abogado Matrimonialista

La gestión de las pernoctaciones del bebé

La separación de los padres introduce una serie de interrogantes complejos, especialmente cuando involucra a un bebé de pocos meses. Una de las preguntas más delicadas y sentidas se refiere a la posibilidad de que el recién nacido pernocte con el progenitor no custodio, habitualmente el padre. Comprender cómo abordar esta fase es fundamental para garantizar el bienestar del menor, protegiendo al mismo tiempo el derecho de ambos progenitores a construir y mantener un sólido vínculo afectivo. Como abogado de familia en Milán, el avv. Marco Bianucci aborda diariamente estas situaciones, guiando a los padres hacia soluciones equilibradas que pongan siempre en primer lugar el interés superior del niño.

El marco normativo: el interés del menor como principio rector

En Italia no existe una ley que establezca una edad mínima para que un hijo pernocte en casa del progenitor no custodio. El criterio que orienta cada decisión del tribunal es, de hecho, el superior interés del menor. Este principio impone una evaluación caso por caso, que tenga en cuenta las necesidades específicas del niño, su edad, sus hábitos y la calidad de su vínculo con ambos progenitores. La jurisprudencia consolidada tiende a favorecer enfoques graduales, destinados a no perturbar el equilibrio psicofísico del recién nacido, estrechamente ligado a la figura de cuidado primaria, que en los primeros meses de vida es a menudo la madre, también en función de la lactancia. El objetivo no es negar la pernoctación, sino introducirla en el momento adecuado y con las modalidades más adecuadas para el crecimiento del niño.

El enfoque del Despacho de Abogados Bianucci

El enfoque del avv. Marco Bianucci, abogado experto en derecho de familia en Milán, se basa en la búsqueda de soluciones compartidas y progresivas. El objetivo es construir un calendario de visitas que evolucione junto con el niño, pasando de encuentros diurnos frecuentes y de corta duración en los primeros meses a períodos más extensos, que incluyan gradualmente la pernoctación, cuando el niño haya desarrollado una rutina estable y un vínculo de confianza con ambos progenitores. Esta estrategia, a menudo respaldada por asesoramiento psicológico, tiene como objetivo preservar la coparentalidad sin causar traumas o estrés al menor. El despacho se compromete a transformar un conflicto potencial en un acuerdo constructivo, que defina un camino de crecimiento sereno para el hijo y para los propios padres, aunque estén separados.

Preguntas Frecuentes

¿Existe una ley que prohíba la pernoctación del recién nacido con el padre?

No, no existe ninguna norma específica que lo prohíba. La decisión se basa exclusivamente en la evaluación del superior interés del menor. El juez evaluará la situación concreta, considerando factores como la edad del niño, la posible lactancia materna, los hábitos de vida y la capacidad del progenitor de cuidar de él de forma autónoma durante la noche.

¿A partir de qué edad un niño puede empezar a pernoctar fuera de casa?

No hay una edad preestablecida y válida para todos. Generalmente, se tiende a introducir la pernoctación de forma gradual después de los primeros meses, a menudo hacia el primer o segundo año de vida, cuando el niño tiene ritmos de sueño-vigilia más consolidados y un vínculo de apego seguro con ambas figuras parentales. La clave es la gradualidad y la observación de las reacciones del niño.

¿Qué se entiende por modalidades de visita progresivas?

Significa establecer un calendario de encuentros que se adapte al crecimiento del niño. Se puede empezar con visitas cortas y frecuentes en presencia de la madre, para luego pasar a encuentros más largos en autonomía del padre durante el día, hasta llegar a incluir la comida, la siesta de la tarde y, finalmente, la pernoctación, asegurando una transición suave y no traumática.

¿Puede el juez solicitar una pericia técnica judicial (CTU)?

Sí, en casos de alta conflictividad o cuando existan dudas sobre las capacidades parentales o el bienestar del menor, el juez puede ordenar una CTU. Un psicólogo o un neuropsiquiatra infantil es encargado de evaluar la relación entre el niño y los progenitores para proporcionar al juez los elementos técnicos necesarios para tomar la decisión más justa para el menor.

Contactar a un abogado experto en derecho de familia

Abordar las cuestiones relativas a la custodia de un recién nacido requiere competencia legal, sensibilidad y una visión estratégica orientada al diálogo. Un proceso legal gestionado con profesionalidad puede prevenir conflictos futuros y sentar las bases para una parentalidad serena y colaborativa. Para analizar su situación específica y comprender cuáles son las soluciones más adecuadas para proteger a su bebé, contacte al Despacho de Abogados Bianucci en Milán para una consulta. El avv. Marco Bianucci proporcionará un dictamen claro y una asistencia personalizada para gestionar esta delicada fase de su vida.

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