La sentencia n. 26303 de 2019 de la Corte de Casación ofrece importantes puntos de reflexión sobre la responsabilidad profesional en el ámbito sanitario, en particular en lo que respecta a los daños no patrimoniales y al concepto de pérdida de oportunidad. El caso judicial tuvo como protagonista a M. F. B., quien, fallecido a causa de un melanoma metastásico, vio a sus herederos impugnar la responsabilidad de la estructura hospitalaria por un error de diagnóstico.
La Corte de Apelación de Catania había excluido inicialmente la responsabilidad de los sanitarios, considerando que el error de diagnóstico no había afectado la posibilidad de supervivencia del paciente. La Corte destacó que, incluso en caso de diagnóstico correcto, no se habrían aplicado terapias distintas a las ya previstas. Sin embargo, reconoció un daño por empeoramiento del sufrimiento y de la calidad de vida, liquidando una indemnización por la incapacidad temporal.
La Corte estableció que el retraso en el diagnóstico no habría modificado de todos modos el pronóstico, ya que la patología se encontraba ya en fase avanzada y no se habría beneficiado de tratamientos alternativos.
Los recurrentes plantearon numerosos motivos, entre ellos una presunta omisión de examen de hechos decisivos, pero la Corte desestimó dichas censuras. Surgió que, según los principios de derecho, la carga de la prueba sobre el nexo causal recae en el perjudicado, quien debe demostrar que el error médico ha provocado efectivamente un daño. La Corte confirmó la ausencia de un nexo causal entre el error de diagnóstico y el resultado letal, destacando que, incluso con un diagnóstico oportuno, no se habrían implementado terapias eficaces.
En conclusión, la sentencia n. 26303 de 2019 subraya lo fundamental que es para los pacientes demostrar no solo la negligencia de los sanitarios, sino también el impacto directo de dicha negligencia en su salud. La Corte llamó la atención sobre la diferencia entre un daño inmediato y una mera posibilidad de mejora, destacando cómo el error de diagnóstico, aunque relevante, no comporta automáticamente una indemnización por "pérdida de oportunidad".
En resumen, la sentencia de la Casación ofrece una visión clara y articulada sobre la responsabilidad médica, destacando la necesidad de pruebas concretas para respaldar las solicitudes de indemnización. Es un llamado a la prudencia para los abogados que se ocupan de responsabilidad sanitaria, subrayando la importancia de una estrategia defensiva bien articulada y respaldada por evidencias técnicas.