La sentencia n. 19254 del 12 de julio de 2024, emitida por la Corte de Casación, introduce importantes aclaraciones sobre la prueba de la relación de parentesco necesaria para la calidad de heredero en la sucesión legítima. Analizando el caso de S. (F. D. F.) contra Z. (C. A.), la Corte se vio obligada a establecer cuáles eran los medios de prueba admisibles en ausencia de actas del estado civil.
La cuestión central abordada por la Corte se basa en el artículo 565 del Código Civil, el cual establece que la relación de parentesco con el "de cuius" es necesaria para adquirir la calidad de heredero. Sin embargo, la prueba de dicha relación debe realizarse a través de las actas del estado civil, salvo que estas no estén disponibles.
AB INTESTATO - EN GENERAL Calidad de heredero - Relación de parentesco - Medio de prueba - Actas del estado civil - Necesidad - Falta, destrucción o extravío de los registros correspondientes - Utilización de cualquier medio de prueba - Admisibilidad. En materia de sucesión legítima, la relación de parentesco con el "de cuius", como título que, a tenor del art. 565 c.c., confiere la calidad de heredero, debe probarse a través de las actas del estado civil, salvo que estas últimas falten o se hayan destruido o extraviado, pudiendo en este caso la prueba de los hechos objeto de registro -como el nacimiento, la muerte o el matrimonio- darse por cualquier medio, a tenor del art. 452 c.c.
Esta máxima evidencia cómo, en caso de destrucción o extravío de las actas, es posible recurrir a medios alternativos de prueba. Esto resulta de fundamental importancia, dado que en muchas situaciones, especialmente en contextos históricos o familiares complejos, las actas podrían no ser fácilmente recuperables.
Las implicaciones prácticas de esta sentencia son significativas para quienes se encuentran ante cuestiones de sucesión. Los herederos ahora pueden sentirse más protegidos, ya que la Corte ha establecido que la prueba del parentesco no debe depender necesariamente de la sola documentación oficial. Este enfoque flexible permite utilizar diversas formas de prueba, que pueden incluir:
En conclusión, la sentencia n. 19254 de 2024 representa un paso adelante en la protección de los derechos de los herederos en caso de sucesión legítima. La posibilidad de utilizar medios de prueba alternativos en ausencia de actas oficiales ofrece una mayor flexibilidad y protección, garantizando que las dinámicas familiares puedan ser reconocidas incluso fuera de los límites rígidamente definidos por la documentación formal. Esto es particularmente relevante en un contexto social en continua evolución, donde las familias pueden asumir formas diversas y complejas.