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Sentencia n. 27061 de 2023: La legitimación de la persona ofendida en el fraude. | Bufete de Abogados Bianucci

Sentencia n.º 27061 de 2023: La legitimación de la persona perjudicada en la estafa

La sentencia n.º 27061, de 28 de abril de 2023, representa una importante resolución del Tribunal de Casación relativa al delito de estafa. En ella se aclara la figura de la persona perjudicada en el contexto de la legitimación para presentar denuncia, un aspecto crucial para comprender los derechos de las víctimas de fraudes. El Tribunal anuló una decisión de condena, estableciendo que solo el titular del patrimonio lesionado tiene derecho a interponer denuncia, excluyendo así a quien ha sido inducido a error pero no ha sufrido daños patrimoniales directos.

El principio de la legitimación para interponer denuncia

Según la máxima expresada en la sentencia,

Persona perjudicada por el delito - Titular del patrimonio afectado por la conducta fraudulenta - Inducción a error de otro sujeto - Legitimación de este último para interponer denuncia - Exclusión - Supuesto de hecho. En materia de estafa, la persona perjudicada por el delito, titular del derecho de denuncia, es el poseedor del bien jurídico lesionado o puesto en peligro y, por tanto, aquel que sufre las consecuencias patrimoniales de la acción delictiva correlativas a la obtención del injusto beneficio por parte del agente, de modo que, en el caso en que el sujeto dañado no coincida con el inducido a error, la denuncia interpuesta por este último carece de todo efecto. (Supuesto de hecho en el que el Tribunal anuló sin reenvío por defecto de denuncia la decisión de condena por el delito de estafa en línea, identificando como persona legitimada para presentar la denuncia al titular de la cuenta corriente utilizada para realizar la transferencia a la tarjeta PostePay a nombre de la imputada y no al destinatario de los artificios y engaños). (Conf.: n.º 10259 de 1993, Rv. 195869-01).
El Tribunal afirmó que la legitimación para presentar denuncia corresponde únicamente a quien ha sufrido un daño directo, es decir, a quien posee el bien jurídico lesionado. Esto significa que no basta con haber sido engañado o inducido a error; es necesario que exista una correlación directa entre la conducta fraudulenta y la pérdida patrimonial.

Implicaciones prácticas de la sentencia

Las implicaciones prácticas de dicha resolución son significativas. Entre las más relevantes podemos enumerar:

  • Claridad en la definición de la figura del denunciante en caso de estafa.
  • Necesidad para las víctimas de estafa de documentar adecuadamente su situación patrimonial.
  • Posibilidad de recurrir a instrumentos legales diferentes para quien es inducido a error pero no ha sufrido un daño directo.

En este contexto, es fundamental que las víctimas de estafa comprendan sus derechos y las modalidades para tutelarlos, teniendo en cuenta la especificidad de la figura de la persona perjudicada en el derecho penal.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n.º 27061 de 2023 del Tribunal de Casación representa un paso adelante en la claridad de las normas relativas a la estafa y la legitimación para interponer denuncia. La distinción entre quien ha sufrido un daño patrimonial y quien ha sido simplemente engañado es crucial para la protección de los derechos de las víctimas. Es fundamental que los profesionales del sector legal y las propias víctimas sean conscientes de estas diferencias para actuar correctamente y tutelar sus intereses.

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